No, no tiene que incluirlos en su declaración de IRPF. Cuando cobre, los tendrá que declarar; dependiendo del motivo de no haber cobrado, tendrá que presentar complementaria o inlcuirlos en el año de cobro.
Si una persona tiene salarios pendientes de cobrar por parte de la empresa, de cara a la renta, cuenta como si hubiera cobrado realmente???
Gracias por la respuesta