1.- si el sueldo mínimo al que tengo derecho según mi convenio tiene que figurar dentro del concepto "salario base" de mi nómina o lo pueden repartir entre todos los conceptos incluídos cualquiera de los complementos y suplementos que también recibo? En mi caso estos compl. y supl. sí cotizan a la SS. según pone en mi nómina.
Qué me interesa más?
2.- Qué porcentaje hay que añadir a un sueldo neto para convertirlo en bruto?(min. y máx.)
Si tu convenio prevé una retribución total, sin distinguir pluses o complementos, mientras tu salario por todos los conceptos sea igual o superior al previsto en el convenio, yo considero que es correcto. En los casos como el tuyo en que el salario de desglosa en salario base y complementos, actúa la figura de la absorción y compensación.
En cuanto a la segunda cuestión, el salario neto es el resultado de aplicar al salario bruto que figura en tu nómina las deducciones que legalmente corresponden y que son de un lado la cotización a la seguridad social (aprox. 6,4 %) y la retención del IRPF (aquí el porcentaje varía en función del salario y la situación personal y familiar del trabajador)