Unos compañero demandamos a la empresa hace 3 años reclamando una subida de categoría y el cobro de las diferencias salariales que nos correspondiesen. La demanda la pusimos en el 2010 y la reclamación que se hacía en la demanda se refería al un periodo de tiempo que finalizaba en la fecha concreta en la que se interpuso la demanda. El caso es que, además de la citada demanda, la abogada nos obliga a interponar una reclamación de cantidad cada año que pasa sin tener sentencia firme, reclamando la deuda acumulada por la empresa que corresponde a ese año adicional. ¿Realmente es necesario interponer una demanda por nuevo año que se acumula?. Tenía entendido que en una reclamación de cantidad las deudas que se acumulan con posterioridad a la fecha de interposición de la reclamación de cantidad pueden ser reclamadas en el mismo juicio.