Liquidacion impuesto Sucesiones con la legislacion de la Junta de Castilla y Leon, que establece
Una mejora en la reducción en la base imponible aplicable por los descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, se eleva a 60.000 euros para adquirentes del Grupo II y a 60.000 euros más 6.000 euros por cada año menos de veintiuno que tenga el causahabiente para adquirentes del Grupo I.
También una reducción variable en la base imponible aplicable por los descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes calculada por diferencia entre 175.000 euros y el resto de reducciones que pueda aplicarse el adquirente incluidas las de parentesco.
No me aclaro en la interpretacion, considerais que serian los 60000 Euros 115000 Euros que se correponden a la diferencia entre los 175000 Euros y los 60000 Euros fijos.
Espero que me aclareis algo, gracias
En efecto. El programa PADIA te lo calcula automáticamente y asigna 115.000€ de reducción variable en la casilla 48 (otras reducciones) del modelo 650. También te lo explican por teléfono en el 012.
Ya que estamos en esto...¿alguien sabe porqué el usufructo es un derecho que se paga dos veces?. Es decir al constituirse por fallecimiento de un cónyuge y al extinguirse por fallecimiento del cónyuge usufructuario?