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Sucesion procesal

1 Comentarios
 
perfil JMP
29/04/2005 11:54
sus herederos. De cualquier forma, en función del procedimiento y de la fase procesal en la que se encuentre puede personarse, en principio, como acusación particular cualquier persona.

Un saludo.
Sucesion procesal
29/04/2005 10:59
Hola a todos. Mi duda es la siguiente: en un proceso penal, la acusacion particular ha fallecido, entonces mi pregunta es quien le debe suceder procesalmente, es decir, quien ha de otorgar los poderes al abogado ahora? En que norma lo dice? Muchas gracias por adelantado