Os planteo unos hechos a ver k pensais en la cuestion legal. Por cierto soy trabajador afectado. 1 Empresa Concesionaria A de ayuda domicilio que termina contrato con Adm pblca local y k deja pendiente 6 nominas. 2 El ayto asume el servicio y no ha pagado aun nada de las nominas pdtes. 3 Se va a adjudicar el servicio a otra empresa concesionaria llamadaB, la cual dice k l ayto la va a exonerar por la deuda pdte. Mi opinion es k la sucesion empresas implica la subrogacion de derechos y obligaciones mas aun siendo consciente la empresa B de la situacion....salvo mejor criterio pensais k realmente puede un ayto exonerar????
Pienso que el acuerdo entre ayto y empresa en la k $e exenore de responsab en l pago sera contralegem y k en todo caso los trabajadores podran ampliar su legitimac pasiva contra la empresa entrante.....