gracias por la respuesta.
quisiera saber si se puede hacer algo ya que las fechas son tan justas no se decir que los papeles estaban antes ya en su poder.
quiero decir que los tramites los empezamos antes sobre a principios de mes de marzo. no se a lo mejor hay algun caso parecido .
espeor respuesta y un saludo a todos.
Según la ley española es necesario que se haya residido en el pais de forma legal, efectiva y continuada durante al menos los dos años anteriores al hecho del nacimiento o adopción.
Desgraciadamente para tener dos años de residencia legal, el niño tenía que haber nacido el 10 de abril, si no me equivoco.
hola.lo pimero un saludo para todos.
os planteo mi problema haber si podeis ayudarme.acabo de ser padre y mi mujer que es mexicana tiene el nie desde el 10 de abril de 2008 y el niño ha nacido el 25 de marzo del 2010.
estamos casados el 22 de febreo del 2008 y esta empadronada aqui el 3 de marzo del 2008.
mi pregutna es si tiene derecho a la subencion por nacimiento.
ah otra cosa. esta registrada en la seguridad social el 18 de marzo del 2008.
sin mas un saludo y espero respuesta