Cuando finalizó el trabajo de ocho meses se encontraba en situación legal de desempleo. Al tener concurrencia de derechos, esta situación legal le proporciona la posibilidad de optar entre dos derechos: reanudar el derecho suspendido o generar un nuevo alta en el otro. A diferencia de la prestación contributiva cuando se produce derecho de opción, en este caso si opta por reanudar no pierde las cotizaciones de los ocho meses trabajados (ni otras anteriores que no hayan sido utilizadas), si opta por el nuevo subsidio sí pierde el mes que le quedaba del anterior. Si al final decide reanudar y agota el subsidio, necesita trabajar de nuevo y generar una nueva situación legal de desempleo para hacer valer las cotizaciones anteriores que no hayan sido utilizadas.
Respecto a tu consulta sobre el PREPARA. A diferencia del PRODI, si durante el periodo en el que se está cobrando surge un trabajo y finaliza a los pocos días con situación legal de desempleo, si tiene cotizaciones para un subsidio por desempleo está "obligado" a solicitarlo ya que el PREPARA es incompatible con la posibilidad de obtener un subsidio. Si no tiene derecho a un subsidio, se le reactiva las nóminas del PREPARA con el alta como demandante de empleo. Con el PRODI no sucedía esto, se podía reincorporar al programa aunque se hubiera generado derecho a otro subsidio. Entrecomillé lo de obligado, porque nadie está obligado a solicitar el subsidio, pero es incompatible el PREPARA con la posibilidad de obtenerlo. Por eso decía: o el subsidio o nada (porque no se tiene derecho al PREPARA). Esto es complicado de verlo en una oficina de empleo, porque un perceptor del PREPARA no tiene que realizar solicitud de reanudación al SEPE, con que le den de alta los Servicios Autonómicos le vale para retomar el PREPARA.
Saludos.
Hay algo que no me cuadra, patatinpatatero. Yo entiendo que la situación legal de desempleo , en este caso, se produce tras el cese en el último trabajo de los 8 meses, por finalización de la duración del contrato, o despido etc.
En ese momento, el hecho de que el subsidio anterior estuviera suspendido y le quedase un mes por cobrar ¿impide considerar que la trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo tras terminar su contrato de 8 meses?.
Tampoco entiendo lo que comentas sobre el Plan Prepara. Supongamos que al trabajador le han concedido esta ayuda y encuentra un trabajo temporal de un fin de semana. Al comenzar a trabajar se suspende el pago de la ayuda y finalizado el contrato, solicita su reactivación:
Art. 9.2 http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/01/pdfs/BOE-A-2012-11288.pdf
"Asimismo, se descontarán (del Prepara) proporcionalmente las cantidades que correspondan por los días de actividad laboral de la persona beneficiaria, así como durante los días de prestación económica por incapacidad temporal a la que pudiera acceder a partir del cese en dicha colocación.
En todo caso, se descontarán proporcionalmente las cantidades que correspondan por los días que no se mantenga la inscripción como demandante de empleo por causa de colocación de la persona beneficiaria."
¿ Por qué comentas que no podría reincorporarse al Prepara y estaría obligado a optar entre subsidio generado y no cobrar nada?
Debo tener un día atravesado, porque hoy todo me chirría.
Al finalizar la relación laboral y si lo que cuenta está bien contado, pudo en su momento optar entre el mes que le quedaba de subsidio y el nuevo subsidio generado con los ocho meses trabajados. Habiendo tenido opciones al PREPARA (al no haber cobrado un PRODI, otro PREPARA y cumplir resto de requisitos), desde mi punto de vista, realizó la mejor opción.
Ahora bien, respondo a tu duda sepet, al agotar el mes que le quedaba de subsidio, no puede hacer valer las cotizaciones de los ocho meses y pedir el subsidio por cotizaciones insuficientes porque le falta situación legal de desempleo. Si hubiese tenido derecho no hubiera cobrado el PREPARA. Por estas misma razón, si durante el cobro del PREPARA hubiera trabajado un día acabando en situación legal de desempleo, no podría reincorporarse al PREPARA y se le habría obligado a optar entre el subsidio generado o no cobrar nada ya que no está obligado a solicitarlo. El subsidio por cotizaciones insuficientes funciona como la prestación contributiva, no se puede empalmar uno con otro porque falta la vía de acceso: situación legal de desempleo.
En el caso del subsidio por no cotizar suficiente serían 21 meses con responsabilidades familiares y 6 meses sin ellas.
Saludos.
No es exactamente así, saram. El subsidio de ayuda familiar se cobra tras agotar la prestación por desempleo y funciona con estos plazos:
- Norma general: 18 meses de subsidio. Se cobran 6 meses y luego es posible renovarlos hasta dos veces, con lo que la serie sería 6 6 6 . Frente a esto hay algunas excepciones :
- Desempleados menores de 45 años, con responsabilidades familiares y que agotaron una prestación contributiva de seis meses como mínimo. Se les concede una cuarta prórroga, hasta los 24 meses: 6 6 6 6
- Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses y tengan responsabilidades familiares, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses: 6 6 6 6
- Desempleados mayores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses: 6 6 6 6 6.
Lo que entiendo que sucede en su caso es que cuando termina su empleo de 8 meses reanuda el subsidio, con el mes que le quedaba pendiente. Finalizado el subsidio no puede solicitar una prestación, porque no tiene un año acumulado de cotizaciones, que es lo que se necesita para la prestación contributiva. Y sin haber agotado una prestación contributiva, no se puede reenganchar de nuevo a la ayuda familiar que comentaba al principio.
Me queda una duda, que me imagino que será la que usted tiene y es si antes del Prepara no podría haber solicitado con esos 8 meses de cotización el subsidio por insuficiencia de cotización con responsabilidades familiares, que no llega a los dos años, pero si a 21 meses ...
A ver si alguien puede aportar más luz, que a lo mejor lo he complicado más ;) .
Estaba cobrando el subidido por desempleo y conseguí trabajo ( 8 meses). Al quedarme otra vez en desempleo me reanudaron el subsidio ( del que me quedaba por cobrar apenas 1 mes). Cuando acabó me hicieron un PREPARA, el cual ya he agotado.
Después me he enterado que al haber trabajado 8 meses me correspondia otra subsidio por 2 años pero me han dicho que ya no lo puedo pedir.
Es así?