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Subsidio por desempleo

2 Comentarios
 
perfil Rhc
14/12/2004 09:27
Es cierto que muchos trabajadores confunden la titulación de su situación por desempleo, a veces hablan de subsidio por desempleo y en realidad se están refiriendo a prestación por desempleo.

Es conveniente, al menos para los estudiosos de los temas laborales, distinguir entre el desempleo asistencial (Subsidio por Desempleo) y el desempleo contributivo (Prestación por Desempleo).
13/12/2004 18:17
Hola:
En principio me gustaría aclarar que el Subsidio por Desempleo es una ayuda asistencial que nada tiene que ver con la prestación por Desempleo que es de nivel contributivo, basado en las cotizaciones y sin tener en cuenta las rentas de que se dispongan.

El Subsidio por Desempleo está basado fundamentalmente en la falta de ingreso por encima del 75% del SMI. Generalmente, se obtiene el derecho al Subsidio cuando no se tienen rentas y bien no se ha llegado a generar la cotización suficiente para tener derecho a prestación por desempleo, o habiendo agotado un período específico de prestación por desempleo y seguir como demandante de empleo.

La prestación por Desempleo está en función de los períodos de ocupación cotizados en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, o al momento en que cesó la obligación de cotizar, según escala que comienza desde 360 días cotizados hasta 2.160 días.

Contestando a tu pregunta cuando se trata de un trabajo a tiempo parcial, cada día trabajado se computará como un día cotizado, cualquiera que haya sido la jornada.

En el caso planteado, entiendo que llevas dos años trabajando y cotizados a desempleo. Por lo tanto, si es así acreditarás más de 720 días cotizados y en la escala desde 720 días hasta 899 días corresponden 240 días de pretación por desempleo. Es decir, 8 meses.

Ahora bien, la cuantía de la prestación por desempleo estará en función de una base reguladora que será el promedio de la base por la que se haya cotizado por la contingencia de desempleo durante los 180 días precedentes a la situación por desempleo.

Por ejemplo: Imaginemos que la suma de las cotizaciones de los 180 días anteriores al desempleo suman 4.950 euros dividido por 180 será igual a una base reguladora de 27,5 euros/día.

Seguimos y durante los 180 primeros días se cobra el 70% de la base reguladora: 27,5 X 70%= 19,25 euros día. El resto de duración de la prestación, es decir los 60 días restantes se percibe el 60% de la base reguladora: 27,5 X 60%= 16,5 euros día.

En fin todo esto es en bruto, despues lleva descuentos de Seguridad Social del 3.055% sobre la base de cotización e IRPF, en su caso.

En fin, podíamos seguir diciendo que existen unos topes de prestación en función de la situación familiar pero ya sería extendernos mucho.

Saludos.
Subsidio por desempleo
12/12/2004 21:34
Hola a tod@s y gracias por anticipado.
Estoy trabajando con un contrato a tiempo parcial, en el supuesto de tener que cobrar el subsidio por desempleo tendran en cuenta los ultimos 180 dias,pero lo que no se es, cuando trabajas con un contrato de 20 horas semanales como lo computan a efectos de cotizacion a la seguridad social y al inem, si dos años trabajados equivalen a un año a jornada completa...
Lo que trato de saber, siento no explicarme mejor, es si cobrare los dos años que me coorresponden cobrando en proporcion al salario que tenia, o si cobrare un año como si hubiera trabajado a tiempo completo y tambien me gustaria saber a efectos de cotizacion a la seguridad social si se sigue el mismo criterio u oytro.gracias