hola: de antemano darle las gracias por su atencion,pues tengo una pregunta,mi marido termino la prestacion por desempleo el 7 de Septiembre, iba a solicitar el subsidio,pero a tenido la suerte de encontrar empleo el 16 de septiembre,al mismo tiempo yo estoy cobrando el subsidio,mi pregunta es ¿el subsidio tambien se cuenta?
como rentas en la unidad familiar, pues estoy hecha un lio,puesto que el dia 16 de octubre me acerque al inem com la nomina de mi marido de los 15 dias ,para que me mirasen si me seguia perteneciendo la ayuda,y una chica me dijo que no, y el chico me dijo que si que no sobrepasaba los 483 euros por miembro.” Ahi mi pregunta” hasta que no reciba la nomina de mi marido de este mes no podre verlo,creo que solo con su nomina en (bruto) no sobrepasamos,pero si le sumo mi subsidio creo que si,si me pueden ayudar se lo agradeceria mucho puesto que mi duda esta por lo que me paso en el inem y me han comentado que tanto si es por ti como por el inem si no te pertenece la ayuda tienes que devolverla, muchisimas gracias
Interpreto que te concedieron el subsidio mayores de 55 años después del 15 de marzo de 2013.
Lo que cobras de subsidio NO cuenta para el cálculo de las rentas.
Para hacer el cálculo de rentas de la unidad familiar, tienes que contabilizar el salario BRUTO mensual de tu marido (tienes que prorratear las pagas extraordinarias) y otros ingresos que tengáis.
Doy por hecho que la unidad familiar está compuesta, únicamente, por tu marido y tú.
Entonces, tienes que contabilizar el salario BRUTO mensual de tu marido (tienes que prorratear las pagas extraordinarias) y otros ingresos que tengáis. Luego dividir por 3. Si el resultado es inferior a 483,98€ BRUTOS, tendrás derecho a seguir cobrando el subsidio.
Si no es así, deberás avisar al SEPE para suspender el subsidio, con el fin de evitar problemas en el futuro, dado que cuando el SEPE se dé cuenta de la irregularidad, dentro de unos meses, tendrás que devolver el dinero que has cobrado indebidamente.
Mira este enlace del SEPE:
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/f_sub_desemp.pdf
Está en las páginas 20 y 21, aunque pienso que es interesante que lo leas entero.
hola de nuevo, y perdone por mi insistencia,en la pajina 20, he visto "no se consideraran rentas las prestaciones por desempleo del solicitante"pero lo mio no es una prestacion es un subsidio por desempleo, no se si eso es una nota importante .o es lo mismo prestacion que subsidio, gracias
NO tienes que tener en cuenta los 426€ que cobras de subsidio ya que eres la solicitante.
Si tu marido cobrara el subsidio, por ej, entonces, SÍ que tendrías que tener en cuenta los 426€ de SU subsidio ya que la solicitante eres TÚ.
La verdad es que induce a error. En este caso, el subsidio se considera una "prestación".
Un saludo.