Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

subsidio mayores de 55 años

6 Comentarios
 
Subsidio mayores de 55 años
10/09/2012 17:27
Quiero solicitar el subsidio de mayores de 55 años. Hay uno de los requisitos que no entiendo bien. Es el que se refiere al cumplimiento de los requisitos salvo la edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Dejé de cotizar a la SS el 24/6/1999 y un año más tarde dejé de estar apuntada al paro hasta el 24/5/2010. He cotizado 20 años a la SS pero ninguno después de cumplir 50 años hasta el 25/6/2012 en que conseguí un contrato eventual por circunstancias de 4 meses (hasta el 24/10/2012. Lo primero que me gustaría saber es si la empresa me puede abonar los 10 días de vacaciones a los que tengo derecho, creo, o si es obligatorio que los disfrute. Lo segundo es saber qué posibilidades tengo de que me lo concedan.
Según me han informado en la SS, a pesar de haber cotizado durante 20 años no tengo derecho a cobrar jubilación si no cotizo al menos 2 años antes de los 65 años. Es uno de los motivos por los que querría, mientras intento encontrar otro trabajo, poder cobrar el subsidio mayores de 55 años.
gracias por la ayuda que me podáis prestar ya que me veo en un callejón sin salida.
10/09/2012 18:10
Si hoy en día tubieras 65 años no podrías cobrar la jubilación porqué solo habrías cotizado 4 meses en los últimos 15 años.

Por tanto, tampoco tendrás derecho al subsidio para mayores de 55 años hasta que almenos cotices 2 años.
10/09/2012 18:22
Gracias marcali
cuando haya terminado mi contrato eventual, habré cotizado 2 años a la SS en los últimos 15 años
11/09/2012 01:15
Uno de los requisitos para poder cobrar el subsidio mayores de 55 años dice:
Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social.
Los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación son:
Beneficiarios :
Las personas incluidas en el Régimen General, afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta, que reúnan las condiciones de edad, período mínimo de cotización y hecho causante, legalmente establecidos.
Se consideran situaciones asimiladas a la de alta, a estos efectos, las siguientes:
- La situación legal de desempleo, total y subsidiado, y la de paro involuntario una vez agotada la prestación contributiva o asistencial, siempre que en tal situación se mantenga la inscripción como desempleado en la oficina de empleo.
- La situación del trabajador durante el período correspondiente a vacaciones anuales retribuidas que no han sido disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato.
Requisitos:
- Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010.
- Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.
Mi situación es:
- He cotizado 20 años a la SS de los cuales 2 años estarán comprendidos dentro de los últimos 15 años antes de que solicite el subsidio mayores de 55 años (tengo un contrato eventual por circunstancias de 4 meses que terminará el 24/10/2012), aunque sólo habré cotizado 4 meses después de cumplir 50 años.
- Cuando termine mi contrato, no tendré derecho a cobrar prestación por desempleo porque sólo habré cotizado 4 meses. Por lo tanto, deduzco que mi situación será la situación asimilada a la de alta (por cierto, podría cobrar los 10 días de vacaciones que, según creo, me corresponden en vez de disfrutarlas?).
- Hubo un periodo de varios años durante el cual no estuve apuntada al paro. He estado apuntada desde el 24/5/2010 hasta la fecha en que comenzó mi actual contrato en vigor.
En el INEM me dicen que llame a la SS y en la SS que le corresponde informarme al INEM.
Alguien me puede aclarar este tema o decirme adonde me tengo que dirigir? Gracias.
11/09/2012 08:02
Tienes que ir al SEPE y solicitar el subsidio. La información ya la tienes, ahora solicítalo. Ya se encargará el SEPE de averiguar de inmediato si cumples el requisito de haber cotizado para tener derecho a la jubilación.
Las vacaciones retribuidas y no disfrutadas se considera periodo cotizado (situación asimilada al alta). Si te las han pagado, entonces el plazo para solicitar el subsidio será a partir de las vacaciones. El dato de si te han pagado vacaciones y los días pagados viene reflejado en el certificado de empresa. Si no aparece entonces el plazo empieza a partir de la finalización de la relación laboral.
Te hará falta adjuntar a la solicitud: DNI, certificado de empresa e IRPF y dejar bien cumplimentado el apartado de rentas del solicitante.
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/2.2.IMPRESO_SOLICITUD_SUBSiDIO.pdf
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/CarpetaSolicitudSubsidio.pdf
Saludos.
11/09/2012 10:12
Eso es lo que voy a hacer cuando termine mi contrato en octubre.
En lo que se refiere a las vacaciones, es legal que la empresa me pague las vacaciones en vez de disfrutarlas, tratándose de un contrato eventual por circunstancias de 4 meses? A mí, me viene mejor que me los paguen pero no quiero que la empresa pueda tener problemas ya que se están portando muy bien conmigo. Además, es probable que dentro de unos meses me vuelvan a hacer otro contrato por más tiempo.
Si me hacen otro contrato más adelante, se sumarán los 4 meses cotizados con el actual contrato a los que cotice con el nuevo para poder acceder al cobro de una prestación por desempleo cuando haya cotizado 360 días o no?
Muchas gracias por todo.
Saludos.
11/09/2012 16:39
patatinpatatero
Interpreto que en vez de haber cotizado 4 meses, si me pagan las vacaciones, habré cotizado 4 meses y 10 días.
¿Piensas que el SEPE puede plantear algún problema a la empresa o a mí por haber cobrado las vacaciones en vez de disfrutarlas, cuando solicite el subsidio mayores de 55 años?
Es probable que dentro de unos meses la empresa me vuelva a contratar y, en el supuesto de que me concedieran el subsidio, tendría que darme de baja durante el periodo del contrato.
¿En ell caso de que el gobierno volviera a modificar las condiciones del subsidio mayores de 55 años, como hizo en el mes de julio (antes era a partir de los 52 años),me afectarían las modificaciones a la hora de solicitar la reanudación?
Gracias por todo.
Saludos.