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subsidio mayores de 52

3 Comentarios
 
11/01/2012 18:48
Gracias compañeros , puse 75% IPREM y es 75% SMI , un fallo ,........ efectivamente es compatible con los trabajos a tiempo parcial , he leido el enlace y la normativa y asi lo dice , con la minoracion del subsidio proporcional al tiempo trabajado

saludos y gracias
11/01/2012 18:05
Si es compatible.

I

MAYORES DE 52 años
carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Los requisitos deberán concurrir en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el momento de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante la percepción de todas las modalidades del subsidio establecidas en el presente artículo.

Si no se reúnen los requisitos, el trabajador sólo podrá obtener el reconocimiento de un derecho al subsidio cuando se encuentre de nuevo en alguna de las situaciones previstas

Se considerarán como rentas o ingresos computables cualesquiera bienes, derechos o rendimientos derivados del trabajo
Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto.

Para acreditar las rentas la Entidad Gestora podrá exigir al trabajador una declaración de las mismas y, en su caso, la aportación de copia de las declaraciones tributarias presentadas.

5. Para mantener la percepción del subsidio previsto en el apartado 1.3 del artículo 215 de esta Ley, para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad Gestora una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda.

Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquel en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
11/01/2012 17:57
Puede ser compatible el subsidio con un trabajo a tiempo parcial.

Aquí tienes información:

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b01d.html

Saludos.
Subsidio mayores de 52
11/01/2012 16:11
Hola compañeros , tengo una duda , vereis tengo un conocido que esta cobrando el subsidio para mayores de 52 años , el otro dia fue al SEPE y les comento que si le saliera un trabajo de 2 horas diarias y lo cogiera si le quitarian el subsidio , le comentaron que si lo que cobrara era inferior al 75% del IPREM era compatible , yo creo que es incompatible , porque uno de los requisitos es estar desempleado y asi se lo dije pero ahora me surge la duda
saludos