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Subsidio mayores de 52 años

5 Comentarios
 
Subsidio mayores de 52 años
21/02/2023 10:42
Hola buenos días, tengo un informe de la seguridad social que voy a intentar explicar:
Desde noviembre de 1988 hasta septiembre de 2008 he estado contratada por varias empresas muchas de ellas a tiempo parcial, y desde septiembre de 2008 hasta junio de 2010 cobrando desempleo. Me ponen un total de dias en alta de 5378. Aplicandome los coeficientes de parcialidad me dicen que el total de dias acreditados son de 3758.
Me sacan un coeficiente global de parcialidad de 3758/5378 = 69,88%
Carencia genérica exigida para jubuilación ordinaria 5475*69,88% = 3825 días
Dias necesarios para acreditar la carencia genérica 5475-5378 =97 Estos son los días que dicen que me faltan para poder cumplir los 15 años de cotización exigidos para cumplir con el requisito del subsidio mayores de 52 años.
Si todo es correcto, hasta que fecha tengo para poder trabajar esos 97 días y solicitar el subsio mayores de 52??
Gracias
26/02/2023 11:04
maria1154
Hola. Además de la carencia genérica ( 15 años) hay que examinar también la carencia específica que son 2 años dentro de los 15 últimos si se está de alta o situación asimilada al alta o 3 años dentro de los últimos 15 años anteriores al a jubilación, si está en situación de no alta.
Por eso es muy importante saber si desde el año 2010 ( fecha en que dejó de cotizar) ha estado inscrita ininterrumpidamente en el paro o no.
Si ha estado inscrita, todo el tiempo de inscripción, no computa para el cálculo de los últimos 15 años.
Si no ha estado inscrita, necesitará cotizar 2 años dentro de lo últimos 15 años anteriores a la jubilación. No le valdrían sólo 97 días.
Saludos
27/03/2023 21:45
Buenas noches, el motivo por el cuál me pongo en contacto con Uds es el siguiente, me han suspendido el subsidio mayores de 52 años por superar rentas a un año de jubilarme
Me gustaría saber si puedo recuperar dicho subsidio sin perjudicar la jubilación

En espera de sus noticias les envío un cordial saludo
28/03/2023 11:54
Mientras que supere las rentas mensuales, el subsidio estará suspendido.
Si esta situación se mantiene durante un periodo de doce meses, el subsidio se le extinguirá definitivamente.
En su caso -a un año de jubilarse- sería conveniente que suscribiera un convenio especial con la Seguridad Social para paliar la falta de cotización por la suspensión del subsidio.
02/04/2023 19:59
Hola tengo una pension de 577 euros por incapacidad permanente para mi profesión habitual, desde 2009, no h vuelto a trabajar , he cobrado la RAI, vivo sola y no tengo otros ingresos puedo solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
02/04/2023 21:58
Eloradana
pues no porque el subsidio para mayores es incompatible con la incapacidad,de hecho la incapacidad es incompatible con todas las ayudas