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subsidio mayores 52 años

2 Comentarios
 
Subsidio mayores 52 años
perfil meb
07/02/2011 17:34
Hola, tengo 56 años, hasta los 45 estuve cotizando en el regimen general (16 años) y despues de acogerme a un ERE cobré 2 años de desempleo y el subsidio correspondiente y despues hasta los 55 estuve cotizando como autónomo (7 años),¿puedo solicitar el subsidio para mayores de 52 años ahora si me registro como demandante de empleo?.
08/02/2011 18:25
Creo que necesitas trabajar y cotizar ahora en el régimen general lo suficiente para tener derecho a paro y si te despiden, no encuentras trabajo y se agota el paro, entonces podrás solicitar la subvención, eso sí con ciertos requisitos que deberas cumplir en ese momento. Posiblemente en el INEM te informen mejor ó algun laboralista. Saludos
08/02/2011 19:50
En mi opinión deberás encontrarte en situación legal de desempleo (trabajar por cuenta ajena) y tener cotizados al menos tres meses para acceder directamente al subsidio para mayores de 52 años. Además de otra serie de requisitos (tener salvo la edad derecho a jubilación, haber cotizado al menos seis años por desempleo, requisito de rentas, etc).

Saludos.

Información de redtrabaja.es
https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/infoPresta.do?pagina=ag00d04a.html
Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:

* Estuviese percibiendo o tuviese derecho a percibir subsidio.
* Hubiese agotado subsidio.
* Hubiera agotado una prestación por desempleo y no percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares.
* Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde su última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
* Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
* Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
* Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.