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Subsidio mayor de 52 años y jubilacion

3 Comentarios
 
Subsidio mayor de 52 años y jubilacion
06/03/2006 18:43
Os comento mi tema.

Tengo 50 años y 13 contizados, me acaban de despedir de mi trabjado, la idea que me han propuesto es la siguiente;
-Cobrar el paro hasta que se agote (tengo 2 años).
-Una vez agotado pasar a cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
-Y una vez cumplido los 65 pasar a cobrar la jubilación.
Mi pregunta es que si por este subsidio por desmpleo para mayores de 52 años estoy cotizando para la jubilacion y cumplo con el requisito de tener cotizado 2 años en los ultimos 5 años, que es lo que creo que dice la ley.
Gracias por anticipado.
06/03/2006 19:00
El requisito lo cumples pero No cotizas.
06/03/2006 19:11
Hola.

Si no recuerdo mal, mientras cobras el subsidio de desempleo para mayores de 52 años que es compatible con el convenio especial, el INEM, cotiza por el mínimo d tu grupo profesional.

La duda que tengo es si este subsidio alcanza hasta los 65 años o se deja de percibir en el mometo que tienes una edad pensionable y cumples todos los demas requisitos excepto el de la edad. Es decir, si tu con 60 años, puedes acceder a una jubilacion anticipada, el INEM no te pbliga a jubilar, pero deja de pagarte el subsidio ya que puedes recibir ingresos por esa vía. Esto me suena, y como no estoy en mi trabajo, no lo puede verificar, lo digo de memoria, es que me suena. No se si alguien me puede corregir o confirmar este extremo.

Saludos.
06/03/2006 23:17
El subsidio para mayores de 52 años, si se mantienen los requisitos de rentas anuales, (de los que tendrá que demostrar anualmente) alcanzará hasta que se cumpla la EDAD ORDINARIA para la jubilación. Como es natural, si accede a la jubilación anticipada, dejará de cobrarlo.

Si suscribe el Convenio Especial, el Servicio Público de Empleo también cotizará (por las contingencias de jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia) por él con la base mínima del R.General, por lo que de esta forma, solo tendrá que hacerlo él hasta la diferencia de la base reguladora que obtuvo al solicitar la prestación contributiva.

Que os vaya bien.