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subsidio desempleo y separación bienes

1 Comentarios
 
Subsidio desempleo y separación bienes
20/09/2013 17:45
Estoy casado primero en gananciales y este años hemos decidido hacer separación de bienes....Mi esposa trabaja y yo actualmente cobro paro, cuando se me acabe y solicite el subsidio de desempleo, al tener separación de bienes,¿debo incluir la nómina de mi esposa en la suma de los ingresos que se piden en la solicitud,o no?, gracias.
21/09/2013 16:01
Si se trata de un subsidio donde se computan los ingresos de la unidad familiar, pues sí, debes incluir la nómina en la suma de los ingresos de la unidad familiar.
La separación de bienes opera en aquellos casos en los que una persona tiene unos rendimientos de un bien privativo.
Por ejemplo, el cónyuge tiene una nómina de 470 euros brutos y el beneficiario tiene un bien inmueble a su nombre y con separación de bienes que lo alquila en unos 500 euros.
Al haber separación de bienes este sería el cómputo de la unidad familiar:
- Beneficiario: 500 euros.
- Cónygue: 450 euros.
- Unidad familiar: 950 euros.
No tendría derecho porque el beneficiario supera el límite de rentas a pesar de que el requisitos de rentas de la unidad familar no los supere.
Si hubiera bienes gananciales, aunque el bien inmueble fuese exclusivamente del benefiicario, los rendimientos generados por el alquiler son gananciales. Por lo que:
- Beneficiario: 250
- Cónyuge: 700 euros
- Unidad familiar: 950 euros
En este caso cumple el requisito de que el beneficiario no supera el límite de rentas y tampoco lo supera la unidad familiar. Habría que ver si el subsidio del que se es beneficiario se exige responsabilidades familiares (que haya al menos algún miembro de la unidad familiar que no supere el límite de rentas) y, si fuese así, en este último ejemplo no lo cumple. Los subsidios que se exigen responsabilidades familiares son en algunas modalidades del subsidio por agotamiento y el subsidio por cotizaciones insuficientes y, también del plan Prepara. Para la RAI y para el subsidio para mayores de 55 años no se exige responsabilidades familiares pero entra en consideración la unidad familiar.
Te he puesto un ejemplo para que veas que no necesariamente la separación de bienes da mayor facilidad de acceso al subsidio.
Saludos.