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subsidio desempleo mayor 55 años suspension

44 Comentarios
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13/12/2012 12:13
Hola gracias por ayudarme. Respondiendo a amperio:
- El SEPE me concedió el subsidio el 4-11-2011
-No se me ha comunicado la extinción por carta pero al ir a la oficina de empleo por que no me habian ingresado el mes me los han dicho y me han impreso la que me llegará
- Me reclama la devolucióndesde el 4-11-2011 al 30-10-2012. Todo el periodo.
- cuando lo solicite Si disponia de los mismos bienes desde Noviembre de 2010 que había cobrado una herencia.
además del solar, tengo una vivienda en propiedad ( habitual ) hipotecada.
No cobro más de ningun piso.
Mi marido cobra 34.000 euros anuales
El dinero que tengo está en libretas de ahorrro y plazo fijo. Según hacienda los intereses de ese dinero en 2011 fueron 7125 Euros. Desglosados: En una cuenta con mi marido los intereses imputados a cada uno son 1662.22. Por lo tanto yo por esto ingreso mensualmente 139 Euros
El resto son de una cuenta titularidad mia pero las ganancias son para los dos No? 5463. de los que yo ingreso mensualmente 228.
Mas el solar con valor de 227000 que es propiedad al 50% con mi marido), el 1,1% ya que está actualizado. Me toca imputarme unas rentas de 104 euros.
total en el caso de que pidieran la renta de mi marido: 471. Cerca pero no llega.
Si no piden la renta de mi marido y reparten los 7125 que me renta a mi el dinero entre los 2 (gananciales), se me imputaía: 104 297 ( resultado de dividir entre 2 conyuges, aunque la titularidad es mia, pero los bienes son computables a ambos conyuges) total
401.
La verdad es que está justito, pero creo que tengo razón. No he falseado nada y me he puesto a lo peor ( que pidan la declaración de mi marido) y serian 471.
Por favor, ayuda. Es así el computo.
Otro aspecto por el que me pedis aclaración es porque alegué que cobre el subsidio especial de mayores de 45. Lo dije porque creo que con ese si que cuenta para cotizar para la jubilicón por lo que si, a malas, me lo denegaran y tuviera que pedirlo a los 55 porque se ha modificado la ley, al menos que cumpliera el requisito de haber cotizado en los ultimos 6 años ( el ultimo mes tenia 49 y 5 meses).
Ahora ya se que en lo que se ha endurecido, en lo que me queda de mes tendre que mover ficha ( pagar la hipoteca, suscribir convenio con SS) porque si no para el año que viene seguro que me los suspenden.
Por favor, ayuda ya.
Me van a matar.
Saludos.
Rosa

13/12/2012 02:31
En lo que se refiere al cálculo de las rentas, yo creo que, al tener concedido el subsidio mayores de 52 años, deberías aplicar el 2% y no el 4%.

En el punto que se refiere al interés a aplicar sobre el valor catastral REVISADO, no te puedo ayudar. He recibido las 2 informaciones en el SEPE y los foreros expertos todavía no se han puesto de acuerdo. De todas formas, en mi opinión, dado que tiene concedido el subsidio mayores de 52 años, creo que, como mucho, deberías aplicar el 2% y no el 4%.

A ver, si los expertos te pueden aclarar estos temas.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.


13/12/2012 02:16
Esta es la opinión de una NO EXPERTA.

- Sobre la vivienda habitual tengo una hipoteca. Podría adelantar lo que debo (30.000 E) y así disminuiria el dinero que tengo y por lo tanto los intereses obtenidos.

Los gastos de la hipoteca no se tienen en cuenta en el cálculo de las rentas del subsidio mayores de 52 años (Vamos, que pagues los pagues, no disminuye nada en el cómputo de rentas). Si saldaras la hipoteca, efectivamente, se reducirían los intereses del dinero que tengas invertido, pero ahora ya no te serviría. Te podría ayudar a cumplir los requisitos de rentas en una futura solicitud del subsidio mayores de 55 años.

- Suscribir un convenio especial con la SS, de manera que lo pagado se me restara de los ingresos?.

Aunque suscribieras un convenio especial con la SS, ya no te serviría para restar de los ingresos. Te serviría para un futuro subsidio mayores de 55 años.

- Esto lo podria hacer de hoy para mañana o debo esperar un tiempo o periodo X ?

Habría que ver si podrías hacerlo ahora, ya que los requisitos han cambiado a partir del 6 de diciembre 2012. No sé, si con la extinción del subsidio (imagino que te quitaran las cotizaciones realizadas por el SEPE a la SS) cumplirás el requisito de solicitar el convenio especial antes de un año a contar desde la baja en la SS, aunque me parece haber leído en algún sitio que, en caso de extinción del subsidio, la persona tiene la posibilidad de suscribir un convenio especial con la SS (a confirmar). De todas formas, esto habría que verificarlo bien, si te interesara para un futuro próximo, aunque hubieras perdido el derecho al subsidio. Si fuera posible, podría ser interesante valorarlo ya que, aunque no cobraras subsidio, seguirías cotizando a la SS y te serviría para tu futura jubilación y para el cálculo de las rentas a la hora de solicitar el subsidio mayores de 55 años.
Para este punto, creo que URGE saber desde qué fecha exacta te solicita el SEPE la devolución de las cantidades cobradas por el subsidio mayores de 52 años.

- Cuando me concedieron el subsidio tenia 52 años, ahora 53. Tendría que esperarme a cumplir los 55 para volver a solicitarlo?

Sí, tendrías que esperar a cumplir 55 años para volver a solicitarlo, después de haber trabajadado por cuenta ajena un mínimo de 3 meses (siempre que cumplieras los demás requisitos).

- Cuanto se suele pagar por aportacion al concenio especial a la SS?

Depende del nivel de las últimas cotizaciones y de la cantidad que quieras o puedas aportar (siempre que no superes el nivel de las cotizaciones anteriores a la SS). El mínimo, creo que está alrededor de los 200 y pico euros. Te aconsejo que lo consultes con tesorería de la SS ( 901 502 050 o bien 900 166 565).

Si el ultimo año que cobre el paro tenia 49 años y 6 meses (era para mayores de 45 años especial, con cotizacion a la SS), tendré el reuisito de haber cotizdo en los ultimos 6 años para solicitar la prestacion a los 55 en el caso de que no pueda volver a pedirla tras la suspensión?

No sé lo que quieres decir con que “era para mayores de 45 años especial”.
Me parece que estás mezclando 2 de los requisitos del subsidio mayores de 55 años :
- haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral.
Esto quiere decir que tienes que haber trabajado, al menos 6 años de tu vida laboral, por cuenta ajena. Este requisito seguro que lo cumples porque, si no, no te hubieran concedido el subsidio mayores de 52 años.
- y cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español.
Tienes que haber cotizado un mínimo de 15 años a la SS (eso seguro que lo cumplirás a los 55 años), de los cuales 2 años en los últimos 15 años antes del hecho causante (pienso que también lo seguirás cumpliendo a los 55 años). El hecho causante sería la solicitud del subsidio mayores de 55 años.

Espero que te ayuden mis comentarios.

Un saludo.
13/12/2012 00:56
Buenas noches, rosa.
Vamos a ir por etapas.
¿En qué fecha te concedió el SEPE el subsidio?
¿En qué fecha te ha comunicado la extinción?
¿Desde qué fecha te reclama el SEPE la devolución de las cantidades cobradas incorrectamente y hasta qué fecha?
¿Cuándo solicitaste el subsidio, disponías de los mismos bienes o ha habido algún cambio?

¿Aparte del solar, qué rentas tienes? ¿En qué tienes invertido tu dinero (plan o fondo de pensión, plan de jubilación, fondo de inversión, etc...)?
¿Cobras algún dinero por alquiler de un piso?

Un saludo.

Subsidio desempleo mayor 55 años suspension
12/12/2012 23:49
Hola que tal?
Me han suspendido el subsidio para mayores de 52 años que me concedieron hace un año por superar, según ellos el requisito de carencia de rentas, Es cierto que con el nuevo cómputo (el 4% de los intereses ( en la declaración de 2011 7150 Euros tanto del dinero como de un solar que tengo que no es la vivienda habitual (valor catastral revisado de 222545 Euros) si me saldría superior, aunque yo creia que el interes para el valor cataatral a aplicar era un 1'1%. Bueno estoy en régimen de gananciales.
Tengo varias preguntas:
El nuevo cómputo para calcular la carencia de rentas en para todo el periodo o puedo alegar computando de Noviembre de 2010 a 16 de Julio de 2011 con el computo vigente en ese momento ( 2% del valor del dinero y 1'1% del valor catastral) y desde Julio hasta ahora con la nueva normativa?
Si es cierto y debo devolver más de 5000 Euros:
cómo podría conseguir volver a cobrarlo y en cuanto tiempo:
- Sobre la vivienda habitual tengo una hipoteca. Podría adelantar lo que debo (30.000 E) y así disminuiria el dinero que tengo y por lo tanto los intereses obtenidos.
- Suscribir un convenio especial con la SS, de manera que lo pagado se me restara de los ingresos?.
- Esto lo podria hacer de hoy para mañana o debo esperar un tiempo o periodo X ?
- Cuando me concedieron el subsidio tenia 52 años, ahora 53. Tendría que esperarme a cumplir los 55 para volver a solicitarlo?
- Cuanto se suele pagar por aportacion al concenio especial a la SS?
Si el ultimo año que cobre el paro tenia 49 años y 6 meses (era para mayores de 45 años especial, con cotizacion a la SS), tendré el reuisito de haber cotizdo en los ultimos 6 años para solicitar la prestacion a los 55 en el caso de que no pueda volver a pedirla tras la suspensión?
Muchas gracias, pero de vuestras respuestas depende, en gran parte mi futuro.
Gracias.
Rosa