Si no estás de alta en vida laboral de ese contrato es que te han dado de baja, y entiendo que fue un fin de contrato/despido, en ese momento ya podías haber solicitado el paro por ese contrato
El problema que tienes es que la empresa no te dio ninguna documentación que acreditase tu situación, si estabas despedida, si cotinuabas de excedencia hasta que hubiese una vacante.... me da la sensación de que la empresa no quiso complicarse la vida, y que tu pecaste de buena fe y conformismo, tenías en ese momento que hacer más fuerza para saber en qué situación te encontrabas respecto de esa empresa.
Como ya ha pasado tiempo, la única buena noticia que te puedo dar es que, si realmente estás de baja en esa empresa, para el caso de que vayas al paro por la segunda empresa en la que todavía estás trabajando, no te descontarían nada de tu prestación, porque ya no estás de alta en la empresa de la que dices que ya figuras de baja en vida laboral.
Un saludo.
No entiendo nada, osea que entiendo que me darían el 25% de paro de la base de cotización que actualmente con la empresa en la que estoy. ¿Es asi?. Y por otra parte, aunque yo halla solicitado sólo 4 meses como no tiene plazas vacantes, se entiende que prorrogo la excedencia 5 años, aunque yo no lo halla solicitado ¿Es así?
Se que no estoy de alta por la vida laboral. Entonces la única solución que se me ocurre es pedir el despido voluntario. ¿Puedo mandar una carta a la ett y decir que me despido voluntariamente?.
Muchíisimas gracias, uff pues menos mal que me has explicado.
En cuanto a la excedencia voluntaria el art.46 del Estatuto de los Trabajadores no es muy completo.
Por lo que explicas solicitaste la excedencia voluntaria en uno de los contratos cuando estabas de alta a través de un ETT y cuando solicitaste la reincorporación, entiendo que con el preaviso en el plazo correspondiente, la empresa te dice que no hay vacante. En ese momento tenías que haber demandado a la empresa para que quedase acreditado que realmente no tenía plaza vacante.
Supongo que te llegan los informes de vida laboral, has comprobado si todavía estás de alta en esa empresa? la excedencia volutnaria tiene una duración de 4 meses a 5 años, pero si tu pactaste 4 meses y en esos términos te la concedieron cuando solicitas la reincorporación deberían haberla aceptado, y en caso contrario corresponde al empresario probar la falta de vacantes. la demanda a la que me refería. Si la empresa no te reincorpora y a salvo de nuevo acuerdo sobre una posible prórroga de la excedencia y siempre a cambio de alguna ventaja para el trabajador, ej. prorrogarla hasta un año y a cambio cambiar el derecho a una reincoporación preferente por el derecho a una incorporación inmediata el día que se cumpla la prórroga, se entiende prorrogada por el plazo máximo de 5 años. Como se limitaron de decirte que no había plaza vacante, el vínulo entre tú y esa empresa no ha desaparecido, se trata de una relación laboral suspendida. podrías intentar solicitar de nuevo la reincorporación, pero en ese caso si te la deniegan no podrás demandar, porque no hay plazo de la excedencia, no habéis acordado nada tras la negativa a la reincorporación, bueno sí, hay un plazo, la duraciónn máxima de la excedencia 5 años, pero no se ha cumplido. Antes de que se cumplan los 5 años, y con el plazo de preaviso marcado o que figure en el convenio colectivo, solita la reincorporación y ante la negativa demanda.
En cuanto a cómo influye tu situación en la posbile prestación por desempleo. Pues te aprobarán el paro en función del último contrato, el que mantienes, pero, y lo más grave, es qeu te descontarán la parte proporcional del contrato que "mantienes" es decir, si como dices tenías un contrato de 6 horas día es decir de 30 horas semanales te decontarán un 75% de la prestación y encima no trabajas ni cobras.... pero es lo que harán.
SMO
Disculpa evoII, pero es que te veo muy puesto. Aprovecho el hilo y te agradecería tu opinión.
Yo he estado pluriempleada con contrato parcial de 6 horas en dos sitios. En ambos tuve que solicitar excedencia por 4 meses. En uno de mis trabajo me volvieron a coger a los 6 meses, y ahí sigo, me han echo una conversión a indefinida al hacer los tres años de contrato por obra y servicio. El otro trabajo me dijeron que no tenían vacantes, además cambió de empresa, y de esto ha pasado dos años y medio, con lo cual he perdido uno de mis trabajos, aunque no me han despedido, yo estaba por ETT.
Si en el futuro me despiden de la empresa en la que trabajo ¿Tendré algún problema para cobrar el paro por no haberme despedido de la otra empresa y seguir por años en situación de no hay vacantes?.
Artículo 207 Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones
Para tener derecho a las prestaciones por desempleo las personas comprendidas en el artículo 205 deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta en los casos que reglamentariamente se determinen.
b) Tener cubierto el período mínimo de cotización a que se refiere el apartado 1 del artículo 210 de la presente Ley, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar
c) Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del compromiso de actividad, al que se refiere el artículo 231 de esta Ley
Qué viene a decir este artículo?
pues a modo de resumen y para intenar ajustarlo a tu supuesto sería lo siguiente.
para poder acceder al paro necestias tener una
1.-situación legal de desempleo(SLD), es decir, venir de un fin de contrato, despido...
2.- para tener una SLD es obvio que has tenido un contrato que finaliza, es decir tienes cotizacioens (estar de alta en la SS)
3.- Tener los periodos cotizados que señala el art.210 en los seis años anteriores a la SLD o al momento en que cesó la obligación de cotizar(periodo mínimo cotizado 360 días)
dices que hace 5 años causas baja voluntaria en un contrato, es decir... en el año 2009, sería importante que dijeras el mes.
Con arreglo a los requisitos del art. 207 para que pudieras acceder a la prestación necesitarías lo siguiente:
a) tener un contrato (cotizar)
b) tener una SLD (fin contrato despido...)
c) tener al menos 360 días cotizados en los seis últimos años
De modo que, imagina que trabajas 15 días este mes de junio del 16/06/2014 al 30/06/2014. Finaliza el contrato y vas al SEPE. Comprobarán los días cotizados que tienes en el intervalo de 01/07/2008 al 30/06/2014 (seis últimos años) Si tienes 360 días cotizados en ese periodo tienes derecho al paro, si tienes 180 días o más tienes derecho al subsidio de cotizaciones insuficientes....
de ahí la importancia de la fecha en que causaste baja voluntaria en el 2005, siguiendo con el ej. anterior, si fue el 01/07/2009 tendrás 365 cotizados (del 01/07/2008 al 01/07/2009) más los 15 días del contrato de junio. si la baja fue en 01/05/2009, tendrás 307 días cotizados (01/07/2008 al 01/05/2009) más 15 días cotizados en junio 2014, no tendrás para paro pero si para subsidio.... Así que mira en tu vida laboral en qué fecha causaste baja voluntaria echa cuentas, y que sepas que cuanto más tarde trabajes menos días cotizados se tomarán del periodo trabajado hace 5 años.
Por cierto, a ver si me explican la necesidad de trabajar 6 meses, otra cosa es que trabajes 15 días y después el SEPE envíe el expediente a inspección de trabajo, pero si realmente lo has trabajado y no pueden conseguir desmostrar fraude en el acceso a la prestación... cobrarás tu paro.
SMO
Entiendo que lleva usted 5 años sin cotizar para desempleo. Si ese es el caso, no tiene usted derecho a percibir prestación. Para tener ese derecho, deberá usted trabajar y cotizar como mínimo 6 meses para reactivarlo.
Espero haberle sido de utilidad. Para mayor información, puede ponerse en contacto con nosotros a través de joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
Hace 5 años deje voluntariamente un trabajo en el cual habia estado durante 5 años y cotizando durante ese tiempo y previamente tambien trabaje otros 5 años mas en otro empleo tambien con sus correspondientes cotizaciones.en su momento no solicite el paro pero actualmente tengo la necesidad de esa ayuda
economica.querria saber si he perdido mis derechos a cobrar esa ayuda y que debo hacer para solicitarla si
tuviese aun ese derecho.gracias.