Creo que está en un error. Solo puede ser presidente un propietario. Administrador lo puede ser cualquier persona nombrada al afecto por la junta de propietarios, incluso un tercero ajeno a la finca.
Buenos días: me han nombrado administradora de mi comunidad de vecinos pero, aunque soy yo la que acude siempre a las reuniones y antes ya fui administradora, desde hace unos años la vivienda figura como propiedad de mi marido únicamente. Nos hemos enterado ahora de que sólo puede ser administrador un propietario. ¿Cómo debemos subsanar este error en el libro de actas? Gracias.