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Subsanación del acta de una Junta

3 Comentarios
 
Subsanación del acta de una junta
13/02/2004 08:23
Al redactar la acta de una junta, me equivoqué al poner el tanto por ciento correspondiente a algunas de las cuotas de participación.

El artículo 19 de la LPH establece que para la subsanación del acta se requiere que se expresen inequívocamente las cuotas .

¿Puedo de alguna manera corregir mi error?

¿Qué implicaciones puede tener este hecho, contra los acuerdos en ella reflejada y contra mí?

Gracias
Miguel.
13/02/2004 12:09
Hola Miguel.
Es común que en muchas reuniones de
1 saludo.
manvimo@terra.es
abogado
13/02/2004 12:49
Gracias Helpman, pero no consigo entender lo que me quiere decir.
13/02/2004 13:59
Habrá sido un error de internet.
Basicamente lo que le decia era que si el defecto no afecta a la válidez de los acuerdos adoptados, o habría problema en subsanarlo.En la copia del acta a remitir a los propietarios reseñe ésta circunstancia(al igual que en el libro de actas) y de éste modo se subsanará.

1 saludo de nuevo.
manvimo@terra.es
abogado