Al inicio de la junta, y puesto que ha enviado escrito, solicite se lea dicho escrito antes de iniciar la junta y así antes de que se inicie pueden rectificar los errores que la junta estime existen en el acta anterior.
Para esto, antiguamente se solía usar como primer punto del orden del día la lectura y aprobación del acta anterior.
De todas formas si el error, sólo es que falta anotar que usted asistió, tampoco desvirtúa mucho el contenido de la misma salvo que su voto sea capaz de cambar algún acuerdo de los que se adoptaron.
No creo que le merezca la pena levantar mucho revuelo con este tema, porque aún teniendo razón, cambia poco o nada el acta anterior y sólo va a demostrar la ineficacia del presidente y secretario de la junta. si eso le merece la pena, y no le han hecho caso al escrito, sólo el juzgado le valorará su petición, la cual va a cambiar poco o nada el acta mencionada.
Pero como he comentado, no se ha procedido a la subsanación, enviando acta corregida a los propietarios, ni se ha incluido esa subsanación en el orden del día de la Junta ahora convocada.
Acriton, a quien se le envío la solicitud de subsanar el error?
A quien la elabora, verdad? Quien la elabora?. pues ese es el responsable.
Es que el presidente no tiene que correjir nada del acta, ni reconocer que existía un error, eso es problema del secretario
se debe subsanar antes de la próxima reunión
Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación.
Gracias por contestar jalisco, pero ¿que quieres decir con eso?.
La LPH en su art. 19. 3, especifica la obligación de llevar la subsanación a la siguiente Junta General.
Celebrada una Junta el año pasado, se presentó escrito de subsanación al acta, por parte de un propietario que tras haber asistido a la Junta, no figuraba en el acta en la relación de asistentes.
El Presidente en escrito enviado al propietario, reconoce el error.
Ahora se ha convocado la Junta de este año y no aparece un punto especifico sobre la subsanación del acta anterior para conocimiento de todos los propietarios.
¿Es esto una irregularidad por parte del Presidente o Secretario-Administrador?.
Creo que la LPH indica, que de las subsanaciones se dará cuenta a la próxima Junta.