Hay bastante jurisprudencia que deja claro que si se infiere del texto de la demanda un error en el suplico no es relevante...es decir que no haría falta ni siquiera que lo subsanen aunque imagino que algo diran en la AP. No obstante puedes decir algo en la contestación...
En una demanda de reclamacion de cantidad que han interpuesto contra mi cliente, han olvidado en el suplico poner la cantidad que reclaman apareciendo en su lugar "...".
Ahora estoy preparando la contestacion a la demanda debo alegar incongruencia de dictarse stc condenatoria o este error puede subsanarlo sin problemas la actora en la audiencia previa??