Hola.
Yo tenía entendido que no hay que firmar finiquito ninguno. Se conservan todos los derechos anteriores (pagas extras, vacaciones) de forma continua, como si se permaneciera en la misma empresa.
Lo único que habría que firmar es un comunicado diciendo que antes prestaba servicios en la empresa Tal y ahora los presta en la empresa Cual.
Que alguien me corrija si me equivoco.
No existe ningún plazo sobre el aviso de subrogación sin embargo la empresa entrante procurará ponerse en contacto con los trabajadores.
Sobre el finiquito yo no firmaría nada hasta que no se proceda a la subrogación y con la entrante tampoco firmaría nada (muchas veces pretenden hacer al trabajador firmar un nuevo cto para que pierda dchos y antigüedades, respecto a las vacaciones, la empresa saliente debe abonar a la empresa entrante la parte correspondiente al tiempo que llevase hasta la finalización del cto y la entrante debe ofrecer todas las vacaciones del trabajador, tienen la p... manía de restar las vacaciones el trabajador y esto no es legal, encima lo hacen la mayoría de la empresas ante las subrogaciones.
Por último, durante los 3 primeros meses desde la subrogación ambas empresas son responsables solidarios tanto de dicho como de condiciones económicas, así q5 para empezar no necesita apurarse para cobrar el finiquito.
smo
Buenas tardes. Mi empresa ha perdido el concurso por el que explotaba un restaurante, siendo otra empresa la adjudicataria con obligación de subrrogar a los trabajadores. Ni la empresa nueva, ni la antigua, ni el SEPE ni la SS, nos han comunicado a los trabajadores nada de esta subrrogacion.
La empresa saliente nos ha citado a todos para liquidarnos las vacaciones y salario antes que se nos comunique la subrrogación.
Mis dudas son las siguientes:
1.- ¿Con qué tiempo de antelación deben comunicarnos la subrrogación.?
2.- ¿Podemos firmar SIN RIESGO ese finiquito de la empresa saliente antes de que se nos notifiquen oficialmente la subrrogación?