MI PADRE ES ARRENDATARIO DE UN PISO DE RENTA ANTIGUA rigido por el Decreto 4104/1964,
de 24 de diciembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la
Ley de arrendamientos urbanos, de
conformidad con lo dispuesto en
la disposición transitoria
segunda de la Ley 29/1994, de 24
de noviembre, de Arrendamientos
Urbanos.
Ahora bien , mi padre esta casado y yo tengo una discapacidad del 65 %
Quisiera saber Ya que mi padre tiene 87 años ,
A) tiene mi madre derecho de subrogación al contrato de mi padre en caso de que este fallezca?
B)tengo yo derecho de subrogación al contrato de mi padre en caso de que mis padres ambos fallezcan? Durante cuanto tiempo?
Sin perjuicio de la necesidad de leer el contrato íntegramente, en principio sí, su madre tendrá derecho a subrogarse. Y si usted cuenta con un certificado de minusvalía, también.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
Hola canalejo. Le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos, quien previo estudio del contrato y los datos que usted aporte, resolverá su consulta.