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subrogacion

2 Comentarios
 
perfil Jan
18/01/2007 18:22
Hola Geppo. Si antes o después de que usted compre la vivienda el actual arrendatario se casara y la esposa o pareja de hecho conviviera con él en la vivienda arrendada, AL FALLECIMIENTO del arrendatario podría subrogarse su esposa o pareja de hecho.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
16/01/2007 22:06
Mira la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Ahí viene todo detallado
Subrogacion
16/01/2007 21:00
Hola, me interesa comprar un piso con inquilio de renta antigua. El propietario del piso me dice que el contrato se celebro antes del 1985: el inquilino nunca se ha casado, vive solo, no tiene hijos y tiene 82 anos.
Me pregunto: si él se casara despues de que me haya comprado el piso, se podria subrogar su mujer?
Un saludo