Como comprenderá yo desconozco a qué se debe ese ingreso ni lo que han firmado, si era una simple carta notificando el cambio de empresa o si era algo más pero por supuesto el finiquito tienen que firmarlo así que exijan a su anterior empresa les entreguen esa nómina y les informen de qué es, usted nos pregunta y yo le comento que se trata de el finiquito, no lo sé, no puedo saberlo pero es lo que me parece.
Si en ésta subrogación lo hicieron de esta forma y además no habéis firmado más que una notificación del cambio de empresa podéis proceder a demandar, (ante una subrogación se demanda a ambas empresas, entrante y saliente y ambas deben responder solidariamente), os podéis sacar ese ingreso y además que os tengan que dar vacaciones y pagas extra cuando correspondieran.
smo
Gracias. Las pagas extras no están prorrateadas. Ningún trabajador firmó el finiquito ya que ni se lo dieron. Sólo firmaron el darse por enterados de que iban a ser subrogados a partir de una fecha determinada.
El pago viene de la antigua empresa. Y según leo se quedan este año sin vacaciones y quizá sin la extra de julio y la de diciembre?
O sea simplemente con firmar la aceptación de la subrogación se entenderìa que el aquí mal llamado finiquito esté ya dentro de esa aceptación firmada por todos los trabajadores, cada uno el suyo, por supuesto.
En una anterior subrogación no se produjo este pago. Y los trabajadores disfrutaron de vacaciones y pagas extra.
Quizà sea el motivo de la subrogación lo q se tiene en cuenta. Desconozco el tema y agradezco tu respuesta.
Para mí el finiquito sería un documento a parte de esta aceptación y l trabajador tendría la potestad para firmarlo o no, como sucede en los despidos. Este caso afortunadamente no es un despido, es una continuación de contrato. Mismo sueldo, mismo puesto y lugar de trabajo, mismo horario... no sé si me explico bien. Les pareció raro a muchos implicados recibir esa cantidad q supera la nómina mensual en unos 400 eur y la empresa anterior la califique como nómina, al menos en l banco consta así. Nadie ha recibido esa "nómina" por mail como es lo habitual en las nóminas mensuales.
Lo de las demandas ya me parece de rizar el rizo si es que se tiene q hacer así. Mejor cobrarlas que tener que pasar por los juzgados.
Pues será el finiquito, (vacaciones por disfrutar, parte proporcional de pagas extra, si no las perciben prorrateadas), sin embargo, las empresas lo hacen así cuando lo legal es que la empresa saliente aboné estas cantidades a la empresa entrante y está les mantenga tanto pagas extra como vacaciones), sino quieren quedarse éste año sin vacaciones preparense a presentar demandas individuales.
Empresa subroga a otra a sus trabajadores, conservan antigüedad y firman documento conforme están en conocimiento de subrogación y sus derechos. La nueva empresa les da de alta en sg socia. En mayo cobran nómima normal del mes de Abril y el 7 de mayo otra nómina (según consta en bco) de un importe mucho mayor. Nadie ha sido de a q corresponde esta última nómina ni recibido nada por email. En la empresa antigua nadie les da información. A qué puede corresponder? Gracias.