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Subrogación

2 Comentarios
 
Subrogación
09/12/2015 06:25
Buenos dias,

Primero muchas gracias por el trabajo en contestar nuestras dudas laborales, hacen un gran trabajo.

Mi caso es el siguiente; Trabajo en una empresa que se dedica a la explotación de aparcamientos, convenio colectivo de aparcamientos y garajes de la comunidad de Madrid. La empresa va a ser vendida a otra compañía del sector y esta a su vez va a subrogar a los trabajadores que prestan servicio en los diferentes aparcamientos, pero no así a los empleados de la oficina. La nueva empresa no necesita a los empleados de administracion.

Mi pregunta es, es legal esa discriminación? o por el contrario todos los empleados deben ser subrogados?

También quería una opinión acerca del tipo de despido que me puedo encontrar, si bien la empresa ha tenido perdidas este año, imagino que tendrá un beneficio final con su venta. En este caso, el despido por causas económicas es aplicable? imagino que si.

Por ultimo, la empresa pertenece a un grupo de empresas dentro de todo Europa, España pertenece 100% Uk y esta a su vez a la compañía en Alemania. En caso de aplicarnos un despido por causa económicas, serian las empresas propietarias subsidiarias del despido?

Muchas gracias
09/12/2015 10:24
Es que lo que subroga la empresa entrante son los parkings y no toda la empresa, esto ocurre en muchos sectores y no necesariamente se debe subrogar a toda la plantilla de una empresa sino los del servicio que se subroga, en esto no hay ninguna discriminación aunque usted lo piense así.
No sabría decirle si tener ingresos el último año por la venta de todos sus activos es un beneficio que demuestre que la empresa no esta en crisis, yo entiendo todo lo contrario pero para que sea despido objetivo deben darse perdidas los últimos ejercicio yo de usted impugnaría el despido para que éste sea improcedente.
A la 3ª cuestión no tengo ni idea pero me inclino a pensar que no ya que cada e empresa tiene su CIF propio y desde aquí sabemos que un empresario con varias empresas cuando cierra una con personalidad jurídica responde cn el capital de ésta y no del resto de empresas que puede tener y para el caso de tener que responsabilizarse sería ante una personalidad física.
SMO
16/12/2015 13:11
Muchisimas gracias jamgpreve por tu aclaracion.

Mañana me entregan la carta de despido, la empresa desde su holding en Alemania nos comento que no querían juicios y que iban a tratar de llegar a un acuerdo, pero la los abogados nos dicen que de momento nos entregan la carta de despido por causas objetivas y que después en el SMAC es donde se nos pagara el resto por el acuerdo.

Quería preguntaros, este es el modo correcto de proceder? debemos presentar demanda para que esa conciliación tenga lugar? deberían presentarnos un acuerdo junto con la carta de despido?

Siento las molestias pero necesito consejo.

Muchas gracias