Tengoa alquilado un piso desde el año 1982, hará unos tres años firmé un papel que permitía al propietario actualizar el alquiler a cambio de no perderlo, hace 6 meses he comprado un piso nuevo aunque todavía estoy censada en el alquilado, hace un mes me llamó el gestor del propietario indicandome que conocía que había comprado un piso y que no vivía en el alquilado, le contesté que era cierto pero que todavía no vivía en el piso nuevo, Ya me he trasladado a la nueva vivienda y los hijos, nacidos en el año 82 y 85 quieren quedarse en el piso de alquiler.
¿Se puede subrogar el contrato de alquiler?
¿Como he de plantear el tema al gestor que lleva la gestión del alquiler?
¿Puede el propietario negarse a mantener el contrato o cambiar de forma importante el importe del alquiler mensual?
¿Puedo tener algun problema por haberme marchado ya sin comunicar nada al propietario?
Gracias.
No es posible esa subrogacion porque el articulo 24 de la Ley de Arredamiento Urbano del año 64 fue derogado por lo dispuesto en el apartado A)3 de la disposicion transitoria 2º de la ley 29/94 de 24 de noviembre de Arrendamiento Urbanos.Lo unico que se puede hacer es un nuevo contrato sometido a la ley nueva es decir ,a el limite de las prorrogas de cinco años previsto en el articulo 9.