Buenas tardes a ver si me pueden ayudar por favor.
Trabajo para una empresa grande la cual tiene diferentes ramas, antes estaba en la rama de comercio (reposición) y ahora estoy en paquetería, mi pregunta es deben de mantenerme el convenio que tenía anterior? Lo digo porque tenia aplicado el de comercio en general actualizado hasta 2023 y el que me han aplicado es el de mensajería caducado en 2007. Y las condiciones del anterior convenio eran mucho mejores que en este, por ejemplo para poder igualar el salario nos han aplicado un plus voluntario. Un ejemplo claro es hace 2 años estuve de baja por la SS y estaba cobrando 1500€, ahora con el nuevo convenio estoy de baja por la SS y estoy cobrando 525.
Muchas gracias, también busco un abogado laboral que me pueda ayudar (pagando por supuesto) porque quiero llevar adelante una denuncia
Si es una gran empresa con distintas ramas que a su vez aplica distintos convenios por supuesto que pueden hacer eso.
Lo que no es normal, o lo que usted no nos ha dicho, es como ha pasado de una actividad a otra porque según cuenta o le finalizaron cto en una actividad y luego para la otra actividad le hicieron un nuevo cto en el otro sector y usted acepto el o en por contra el le dijeron mañana a trabajar en la esta otra actividad lo que sería una modificación sustancial de las condiciones laborales art 41 ET a lo que usted tuvo 20 días para impugnar ese acto carente del procedimiento necesario y por el cual, si usted en su momento no impugnó se interpreta como un acuerdo tácito entre empresa y trabajador por lo que poco puede hacer al respecto.
En cuanto a buscar abogados, en éste mismo foro se anuncian unos cuantos, debe entrar usted y buscar uno de su provincia en dicha página.
smo
Por cierto me acabo de fijar que habla usted de subrogacion, si se trata de una misma empresa con distintas actividades pasar de ser trabajador de una actividad de la empresa a otra actividad de la misma empresa, esto no es ninguna subrogación, pongamos que esa empresa es un holding que desarrolla distintas actividades y por tanto distintos convenios, los trabajadores pasarían de una a otra actividad por medio de nuevos ctos o de la forma de la modif sust. que comenté anteriormente pero esto no supone ninguna subrogación, en cuyo caso, si hubiese habido subrogación no podrían haberle tocado la nómina.
smo