De acuerdo .
Muchas gracias. Acaba de llegar mi esposo. Le han dado cita para el día 18 de enero con una abogada de CC.oo.
Cree usted que dará tiempo? Estamos en Cádiz y aquí no se si va rápido o no. Pero en este mes podrá obtener el certificado de empresa para aunque sea poder tener el paro?
Gracias
Presumo que el convenio puede ser de energías renovables, si pone esto en google conseguir una copia, es bueno que lo tenga en su poder puede necesitarlo y lo normal es que los trabajadores lo tengan como su biblia personal para un creyente
Entonces debe demandar a ambas empresas. No se cual es su convenio de aplicación.
Vamos tenemos un lío! Y para colmo yo no puedo trabajar porque estoy embarazada de 9 meses ya! Y el no puede tener el paro...Mi marido va a acudir a CC.oo porque está afiliado allí a ver qué nos dice...
Todo se complica más.
1.- Si estaba de alta hasta el día 7/01/17 pues deberían notificarle un despido o lo que sea como la única prueba es esa vida laboral demande usted a ambas empresas por NO SUBROGACIÓN y en caso contrario por DESPIDO TÁCITO. Acuda a un sindicato o abogado.
Por cierto no nos dice cual es el convenio de aplicación para mirar en el mismo si el trabajador tiene dcho de subrogación pero de no ser por esta vía acudiríamos a la vía del art. 44 ET sobre sucesión de empresas, la empresa portuguesa puede decir que no están interesados en su marido,no hay ningún problema pero entonces que no asuman el servicio, sepa que de todos todas tienen que hacerse cargo y no con nuevos ctos a ver si le van a hacer uno nuevo y le quitan dchos.
En cuanto a demandar debe demandar a ambas empresas, entrante saliente y si estas trabajan para una tercera a esta tb
Buenas tardes a todos,
Espero que me podáis ayudar.
El caso es el siguiente:
Bien , mi novio trabajaba en una empresa grande de eólica que acaba de entrar en concurso de acreedores y bien recibio burofax que a partir del 1/1/17 tenía subrogación con una empresa de Portugal.
Bien, pues tuvo una entrevista por vía Skype con la empresa de Portugal y le dijeron que estaba interesado en su grupo y en el pero que no sabían si subrogarlo o no...Y que lo avisarían . Pasó una semana y no dijo nada. Él iba a su puesto de trabajo pero no sabía que hacer porque nadie estaba allí. Le preguntaba a la empresa antigua y no sabía nada y la nueva no daba señales.
Pues bien , solicito el certificado digital para mira su informe de vida laboral y está de alta hasta el 7/01/17con la antigua empresa y nada más. Y por fin puedo hablar por teléfono con el que le entrevistó y le dijo que no estaban de acuerdo con la subrogación...
Y mi pregunta es:
Que debemos hacer?
Denunciar a ambas empresa, la antigua o la nueva?
Sin certificado de empresa no puede tener paro , a quien se la pide?
Estamos muy liados.
Por favor os ruego ayuda.
Si es para informar a la trabajadora de sus dchos, perfecto, me resulta raro ver a un empresario que se preocupa por los trabajadores... alguna habrá pero esto es como las meigas...haberlas haylas, (como dicen los gallegos), pero claro no es trabajadora tuya aún así que por hacer no tienes que hacer nada. Tu mismo.
P:D: Kaliche me reconforta ver que existen empresarios como tu.
os comento lo que ha pasado con esta empresa, si os sirve de interes general, he vuelto a hablar con esta persona y despues de analizar la nomina le he comentado que no le han pagado antiguedad desde hace 10 años y que yo se la voy a tener que pagar y si me pregunta la trabajadora porque mi empresa no me la ha pagado mi respuesta seria es cosa tuya y de ellos, el que me estaba escuchando se ha puesto histerico, me ha insultado, jajaja, y me ha dicho que no va a dejar que subrogue a esta trabajadora, cuando le he dicho que la trabajadora es la que me tiene que comunicar esa decisión se ha negado a darme el telefono de ella y me ha dicho que no me va a enviar ninguna documentación, yo ya le he enviado un burofax solicitandole toda la documentación necesaria por esa parte ya me cubro las espaldas, pero como dijisteis hay algo raro porque no quieren que hable con la trabajadora, seguro que ni siquiera le dan lanomina y le pagan una cantidad inferior, a todo esto mi pregunta es: tengo un contrato de hace diez años, con una dirección creeis que deberia enviar un burofax a la trabajadora diciendole que se ponga en contacto con nosotros, en el convenio de limpiezas dice claramente que es la empresa saliente la que debe de dar todos los datos del trabajador. que opinais?
Lo que te decía intentan colarte la trabajadora con unas condiciones irreales, si como parece tienes la obligación de subrogarla, por esa hora sería en condición de pluriempleada, resto de jornada en la otra empresa, (tb viene esta condición en conv.), como les quitaste el servicio o para que no se lo quitases cuando salio la oferta, han cargado las cuentas, pide la documentación que te dije en forma escrita mediante burofax (para que quede constancia). Si te la entregan analiza la situación y denuncia ante el juzgado de lo social, si no te entregan esa documentación la denuncia debes interponer en inspección de trabajo, acude a un asesor laboral que pueda llevarte el caso.
Muchas gracias jamgpreve, yo aun no he contratado a la trabajadora porque aun no he iniciado los trabajos de limpieza, si he contratado ya con la comunidad de propietarios, el dilema es el siguiente, la chica va una hora semanal, he visto en el contrato que la empresa me envia, que esta pactado un salario segun convenio, y que tiene un contrato de 20 horas semanales, evidentemente yo solo le subrogo por una hora semanal, pero he visto que esta chica que lleva 10 años en la empresa no le han pagado antiguedad, al ponerme en contacto con ellos y decirle que yo estoy obligado a pagarle la antiguedad y que ella me comentara que porque su empresa actual no se la paga y yo solo respondere habla tu con ellos me han vuelto a llamar y me han dicho que ya esta todo solucionado y que ellos se quedan con la chica, yo habia leido el convenio de limpiezas y les he dicho que es ella la que tiene que enviarme un documento firmado expresando su disconformidad con la subrogación no ellos, y estoy a la espera, no me quieren dar el telefono de la chica para hablar con ella y veo que voy a tener que enviar mañana un burofax para solicitarle todo lo que me estas indicando porque veo que no quieren que hable con la chica por si les pide la antiguedad desde el 2001 año en el que empezó a trabajar con ellos, sobre la jornada que dice el contrato esta pactado un salario segun convenio pero en nomina se le paga dos veces y media por encima de convenio (por media jornada esta recibiendo un salario de 1100 euros) les he dicho que me envien la vida laboral de la chica para constatar que no haya una variación de la jornada a lo largo de los 10 años y se han negado.....creo que hay algo raro. Creeís que debo de hacer algo más aparte de enviar el burofax a la empresa, o debo enviar un burofax a la trabajadora ya que tengo una dirección que aparece en el contrato una direccíon del 2001. Espero vuestra respuesta y muchas gracias.
PD: En este caso que deberia pagar yo lo pactado en contrato o lo que dice la nomina si realmente le pagan esa cantidad por media jornada, y otro apunte más en el contrato no dice nada de que esta chcia ha sido contratada para esa comunidad, tengo entendido que en los contratos a tiempo parcial es obligatorio poner el horario y el centro donde se realiza la jornada.
¿Que Conv. Aplica?, por ej En el Conv. Colect. de limpieza de edificios y locales del P.A. se aplica que tiene dcho de subrogación quien lleve seis meses de antigüedad en el puesto, no importa la antigüedad que conste en la nomina la cual es para el caso de despido la indemnización deberá ser con fecha de antigüedad en nómina, sin embargo, por lo que usted cuenta, parece ser que se la han metido doblada en cuanto a la antigüedad real de la trabajadora en la empresa, o eso quise entender.
art. 18 conv. sobre adscripción de personal apdo 2º La E, saliente estará obligada a notificar a la E, entrante su cese en el servicio, así como la relación nominal del personal que debe ser adsorbido....
A requerimiento de la nueva empresa adjudicataria , la empresa saliente estará obligada a acreditar documentalmente que se halla al corriente de sus obligaciones respecto al personal trasvasado, mediante la exhibición de los finiquitos ó liquidaciones finales y las nóminas y boletines de cotización a la SS correspondiente a los 3 últimos meses.
Si usted, como creo entender, no hizo uso de éste dcho. para ver si en las últimas tres nóminas percibía plus de antigüedad, se la han metido doblada y depende del tiempo que halla pasado desde la subrogación podrá o no presentar reclamación contra la empresa anterior.
Por lo demás, si su intención es despedir a la trabajadora tendra que liquidarla por la antigüedad que conste en la nómina.
Y tengo que pagarle yo toda la antigüedad, en el contrato firmado con la empresa no consta que ella ha trabajado 10 años en ese centro y el presidente me ha dicho que en realidad solo va desde enero de este año en ese centro, he averiguado que en el contrato tiene que venir claramente especificado el centro donde trabaja. Si no lo pone estoy obligado a subrogarla?
Hola muy buenos dias, en relación a este tema, quiero preguntaros una cosa, acabo de darme de alta como autonomo (despues de tiempo en el paro), y resulta que he cogido una comunidad para hacer la limpieza y tengo que subrogar a una chica, la chica con la empresa actual tiene media jornada, y una antiguedad de 10 años, yo le tengo que pagar todo a lo que tiene derecho, en la comunidad solo se realiza una hora de limpieza a la semana, pero veo que en su nomina no le pagan antiguedad, evidentemene yo he averiguado y me han dicho que yo si le tengo que pagar por ese tiempo que esta trabajando, hasta ahi no tengo ningun problema, pero en el caso que esta chica resulte mala trabajadora, porque los vecinos se quejan de la limpieza, voy a tener yo que indemnizarla por los diez años o solo por el tiempo que trabaje conmigo, porque eso no lo veo claro, lleva diez años con una empresa yo la subrogo y tengo que pagarle yo los diez años cuando solo ha trabajado x conmigo.
El empresario tiene la obligacion y el deber de supervisar el trabajo de sus empleados para verificar si estos cumplen con sus instrucciones y realizan correctamente su cometido.
Muchas empresas hacen eso que te han dicho, lo firmas y punto.
Suerte y LEE BIEN TODO ANTES DE FORMAR no vaya ser que te quieran engañar!
por lo que veo entonces si me puede hacer un contrato siempre y cuando en ese contrato venga claramente que me respeta la antiguedad, el salario y que diga que es una subrogación, y por el pago en efectivo, ahi si no tengo nada que hacer porque si me lo puede cambiar porque antes yo cobraba por banco, tambien me ha hablado de la forma que tienen ellos de vigilar al trabajador, antes mi empresa ni se pasaba por la oficina donde yo iba a limpiar, yo limpio por las tardes cuando no hay nadie, pero ellos me han dicho que se pasaran a revisarme y me haran firmar cada vez que vaya un supervisor, tanto si la supervision ha sido ok, como si ha sido negativa, eso tambien pueden cambiarlo, porque como repito la antigua empresa no lo hacia, nunca aparecia por ahi y nunca he firmado nada porque nunca me han revisado el trabajo
Pueden hacerlo de las dos maneras.
Si optan por el nuevo contrato, andate con ojo al leerlo bien antes de firmar y que no se les "olvide" poner los datos completos de empresa, convenio de aplicacion, tipo de contrato, jornada, distribucion horaria,, salario y lo mas importante: la antigüedad a todos los efectos.
Si se hace una mencion a que es una subrogacion de la empresa XXX mejor.
Mira bien que haya un domicilio de la empresa que a muchas de ese tipo se le "olvida" ponerlo y luego cuesta más denunciarlos.
Respecto al pago en efectivo es legal, siempre y cuando coincida con lo indicado en la nomina y que refleje la realidad de la relación.
En ese caso recuerda siempre exigir en el momento del pago una copia de la nomina firmada por la empresa.
Tengo una pregunta sobre este tema, trabajo en una empresa de limpieza y me va a subrogar otra ya que mi actual empresa a perdido el cliente donde yo realizo mi trabajo. La empresa entrante me ha dicho que me va a respetar mi antiguedad, me va a pagar lo mismo porque yo recibia un sueldo conforme al convenio colectivo, pero me ha dicho que me tiene que hacer un nuevo contrato donde aparecera todo esto reflejado, el unico cambio es que me van a pagar en efectivo, es una cantidad pequeña pero me han dicho que es la politica de empresa realizar los pagos pequeños por ese sistema, en eso no tengo ningun problema. Pero como no se nada del tema queria preguntar si es valido que me hagan otro contrato o puedo trabajar con ellos con el contrato de la otra empresa, lo digo porque a ver si me van a pillar con la redacción del nuevo contrato. ¿Es obligatorio que me hagan un contrato nuevo? porque si van a respetar todo lo de la anterior empresa para que otro contrato. Espero que me podaís responder a esta duda y les agradezco muchisimo el interes. Gracias.