Que ctos? Los mercantiles con los clientes o los laborales con los trabajadores?
De los primeros es una interpretación personal pero entiendo que sí, en cuanto a los segundos estoy seguro, una empresa por ser vendida y simplemente cambiar de propietarios no puede desentenderse de sus empleados, a estos les asisten los convenios en los que en muchos de ellos existe un artículo denominado dcho de subrogación pero para quien no tenga convenio o su convenio no recoja el dcho de subrogación, le asiste el art 44 ET sobre sucesión de empresas.
smo
Ante todo, muchas gracias por adelantado.
Me gustaria saber si en la compraventa de una gran fábrica (S.A) con varios miles de empleados existe alguna ley que obligue a subrograr los contratos de la empresa que vende.
Gracias.