Buenas noches. Mi duda es la siguiente:
Cuando la ley de vivenda dice esto del tope del 2% en la subida del alquiler, salvo acuerdo entre las partes, ¿quiere decir que si es de mutuo acuerdo se puede subir más? Tengo un piso alquilado a una chica por un precio muy módico por sus circunstancias personales que, afortunadamente para ella, han mejorado, así que ella ahora está dispuesta a acceder a una subida del alquiler por encima de ese tope, pero no tengo claro si se puede hacer legalmente o no.
Muchas gracias de antemano.