ARTÍCULO 20
La presencia en los ascensores y servicios similares de animales de compañía no coincidirá con la
utilización de los mismos por otros usuarios si éstos así lo exigieran. En cualquier caso deberán ir sujetos,
y los perros con bozal.
http://www.derechoanimal.info/bbdd/Documentos/509.pdf
Hala! ya tiene para tapar la boca a sus vecinos.
Saludos.
Lola, mire lo que he encontrado sobre la ordenanza de la que estamos hablando.
Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales - Ayuntamiento de Madrid.
Art. 11.7
7. Tanto la subida o bajada de animales de compañía en los aparatos elevadores, como su permanencia en
espacios comunes de las fincas, se hará siempre no coincidiendo con otras personas, si estas así lo exigieren, salvo en el caso de perros-guía.
Por si quiere ver más
http://addient.com/ecumadrid/pdf/normativas/animales/Ordenanza_Reguladora_de_la_Tenencia_y_Proteccion_de_Animales.pdf
La carga de la prueba, en este caso, es del que prohíbe no del que sufre la prohibición. Es decir, que sean ellos los que le muestren donde está prohibido que usted suba con su perro.
Una junta de propietarios no le puede prohibir el que usted suba con su perro en el ascensor. Para transitar por zonas comunes usted debe seguir unas reglas, limpiar lo que manche el perro, llevarlo atado, y cuando vaya a hacer uso del ascensor abstenerse de subir con los vecinos que no quieran subir con el perro.
Yo no haría ni caso, y seguiría usando el ascensor como si tal cosa.
Qué dicen... qué digan, oídos sordos, así sin más.
Y si les quiere contestar... dígales que le muestren el acta donde dice que no se pueda subir con el perro en el ascensor y máxime si lo usan solos sin que suban otros vecinos con ustedes.
Por curiosidad, sólo tiene usted perro en toda la comunidad??? porque si hay otros vecinos que también tienen perro y usan el ascensor es para decirles cuatro cosas y poco agradables.
Desde luego hay gente con vidas muy aburridas que solo se dedica a molestar.
Subir hasta el 5º piso con el perro en el ascensor
Buenos dias,
vivo de alquiler en una población de Valencia y desde hace un tiempo los vecinos me increpan porque no quieren que mi perro suba en el ascensor ( vivo en un 5º y ya tiene una edad) la comunidad no tiene ningun acta de reunion donde aparezca que se prohibe el uso del ascensor por animales, siempre lo llevo atado con bozal y he subido sola con mi perro sin obligar a ningún vecino a compratir ascensor con mi perro, el propietario de la vivienda ha reclamado a la Administradora que le informe si hay algún acta vecinal que lo prohiba para poderlo modificar y nos dejen en paz pero ella misma dice que no tienen y que es la ley la que dice que no podemos utilizar el ascensor acompañados de mi perro, me piden que les facilite la ley donde ponga que si puede subir en ascensor pero no la encuentro o no sé como buscarla.
Quiero que me dejen en paz y que dejen de increpar a mis hijos menores cuendo son ellos los que le pasean.
gracias de antemano y espero ansiosa vuestra ayuda.