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subir alquiler

11 Comentarios
 
18/11/2008 01:25
Gracias Jan, Vd. siempre tan atento y eficaz.

Me tranquiliza su respuesta.

Un saludo
perfil Jan
17/11/2008 16:49
Hola fontelo1949. El pacto al que llegó con sus arrendatarios es perfectamente válido y legal.

Reciba un cordial saludo.
16/11/2008 01:49
Acabo de leer este debate y me surge la duda de si es correcto el contrato de alquiler que he hecho a unos inquilinos mios.

Pactamos un alquiler de 600 euros mensuales pero como los armarios de la cocina estaban algo pasados de moda y no les gustaban a la pareja que se lo alquilé, quedamos en que los cambiarian a su gusto y yo me haria cargo de una parte de lo que costara.
En concreto de 1.200 Euros, mediante un descuento de 100 euros mensuales durante el primer año del alquiler.

Pusimos una clausula en el contrato explicandolo y añadiendo que ellos se obligaban a cambiar los armarios y a dejarlos en el piso cuando se fueran.

¿Creeis que esto es legal?

Gracias
perfil Jan
30/10/2008 18:25
Hola gominolas. Coincido plenamente con la respuesta que le ha ofrecido mi compañero Risuv en su post de fecha 27/10/2008.

Reciba un cordial saludo.
28/10/2008 20:36
Gracias me ha quedado claro,existe algun tipo de contrato de arrendamiento en que se pueda modificar el precio apartir del segundo año?,laa verdad pienso que tendria que haberse reformado mejor la ley de arrendamientos pienso que esta mas desprotegido el arrendador pues aveces se queda con deudas de luz y agua por impago del inquilino que debe asumir para dar de nuevo luz y agua a su vivienda o loca pero bueno eso es otro tema,gracias de todas formas
28/10/2008 16:33
Perdón por el lapsus, quise decir art. 18 de la LAU
28/10/2008 16:30
No towanda, usted no puede incrementar la renta arbitrariamente, ese incremento sería nulo por ser contrario a la LAU (art.14).
Durante los 5 primeros años de duración, la renta solo prodrá ser incrementada con la variación porcentual experimentada por el Indice General de precios al consumo. Si podrá establecer que se incrementará de forma diferente al partir de la 6ª anualidad.

un saludo.
28/10/2008 12:56
en definitiva es que si le puse que pagara 400€ mensuales, luego al segundo año pueda ponerle 800€ mas incremento de IPC Y los siguientes años pueda ponerle 800€ mas IPC mas 10 (por ejemplo IPC 4,2 10=14,2) total que pagaria 913,6€ en el segundo año, el caso es ganar en los siguientes años ,lo que no pude ganar en el primero y hacer que el inquilino no se aproveche de mi buena fe,porque el precio bajo se lo pondria por hacerle un favor pero tampoco quiero verme en el momento que pase un año y que no quiera irse y ya sabemos que son cinco los que se quedan.
Lo que no se si se consideraria clausula abusiva o si lo redacto bien no tendre problemas por esto,perdona pero antes reconozco que no me explique bien,espero que ahora este todo claro,gracias y un saludo
28/10/2008 11:59
Hola towanda1969.
No entiendo el sentido de su pregunta, cuando dice a patir del 2º año será la cuota el doble de lo acordado, ¿ se refiere a la renta o al incremento del IPC , y eso del IPC 10 , ¿ que es?, no tengo ni idea.
Si me aclara su consulta podré darle alguna respuesta.

Saludos.
28/10/2008 11:44
Totalmente deacuerdo con Risuv, hay que acordarse de poner en los contratos subida de IPC 2 o apartir 5ºaño las cuotas seran de tanto.
que aprovecho esto para saber si es licito poner que apartir del 2º años sera la cuota el doble de lo acordado y el 3er y 4año se aplicara el IPC 10 de lo acordado apartir del segundo año.
lo digo en el caso de que el contrato sea para un año y le hayas puesto un precio especial porque te aseguro que se iba en ese tiempo y luego cambie de opinion el inquilino y se quede.
gracias y un saludo
25/10/2008 21:15
Hola gominolas ( casi rima).

Si en el contrato no han pactado otra cosa, a partir del 6º se seguirá aplicando el incremento del IPC correspondiente.

Su no quiere que el contrato se prorrogue, deberá comunicar fehacientemente a su arrendador y con al menos un mes de antelación al vencimiento de la prórroga del 5º año, su vuluntad de no prorrogarlo más. De no ser así el contrato se prorrogará obligatoriamente para usted por 3 años más.

Un saludo.
Subir alquiler
25/10/2008 17:08
soy propietario de un piso que tengo alquilado a una familia el contrato inicial era por un año al cual se le an aplicado 4 prorrogas hasta un total de 5 años, cada año con su correspondiente subida del ipc la pregunta es que si una vez cumplidos los 5 años puedo subir el alquiler por encima del ipc y realizar una prorroga de 3 años mas a la misma familia o solo puedo subir el ipc gracias por las respuestas leere atentamente las respuestas