Vamos a ver, les están diciendo que van a establecer un Salario por encima tanto del SMI como del convenio colectivo aplicable, (no se yo esto del convenio, me da que lo que perciben es ese SMI), y lo que dice es que cualquier subida posterior por encima de alguna de estas dos en próximos años, sería absorbida por el complemento absorbible.
Dice usted que si se pueden sumar la subida voluntaria de la empresa más la subida del SMI, si se fija un salario por encima del SMI o la que indica el conv colectivo ya no tienen nada más que reclamar.
En futuros años, si el SMI o el Salario de convenio siguen subiendo y su salario fijado por la empresa es superior a esos dos, la empresa irá deduciendo la diferencia hasta que ambos salarios se igualen.
smo
Buenos días, en febrero salió públicado en el Boe la subida del salario minimo retroactiva desde enero.
Mi empresa mando un memorandum en febrero anunciando a sus trabajadores que habian decidido por voluntad propia subir el sueldo. Detallo lo que decia:
XXXXX Ha decidido subir el sueldo en las siguientes cuantias, siempre en cuantias a tiempo completo, por lo que los trabajadores con tiempo parcial tendrán esta subida proporcional a su jornada, y en cuantia neta, y siempre en concepto de complementeo absorbible para que absorba cualquier subida posterior fijada por el incremento del salario minimo interprofesional o el convenio colectivo.
Mis consultas son, queremos reclamar la subida obligatoria del gobierno retroactiva desde enero y saber si al ser una subida voluntaria por parte de la empresa se suman ambas subidas o no.
Y después que no entiendo muy bien la parte del escrito donde intican que las subidas quedaran absorbidas.
En mi nomina sale el salario base el plus absorbible. Gracias