No, es más: es que no tiene más remedio que comunicárselo a finales de marzo porque antes no puede saber el IPC.
De hecho lo más probable es que se lo comuniquen con el recibo de abril, que es lo más normal y "directo".
Muchas gracias por tu respuesta, más claro no me lo has podido dejar.
Sólo una duda más: si no me comunicase por escrito la actualización de renta hasta, digamos, finales de marzo, ¿tendría eso algún efecto en el momento en el que pueda empezar a cobrarme la subida?
Muchas gracias otra vez. Da gusto estar en un foro con respuestas así.
No es que lo cobre retroactivamente, es que lo cobra lo antes que puede. Me explico:
el INE saca el IPC definitivo de un mes el día 15 del mes siguiente. Por centrarnos en su caso, el IPC defintivo de febrero se sabrá el 15 de marzo.
Entonces, aunque la subida es en febrero, el dato concreto no se sabe en febrero, sino en marzo. Ahí ya tenemos un mes de retraso.
Pero además, lo más probable es que su contrato, como casi todos, establezca que la renta de cada mes debe pagarse entre los días 1 y 5, de modo que la renta de marzo se paga como muy tarde el día 5 cuando aún no se sabe el IPC de febrero (que, como ya he mos dicho, sale el día 15 de marzo, no el 5).
Por tanto el casero le pasará los recibos de febrero y marzo con la renta sin actualizar, porque ni el 5 de febrero ni el 5 de marzo se sabe aún el IPC definitivo de febrero.
Cuando el día 15 de marzo se sepa por fin el IPC de febrero le actualizará la renta pero a partir de abril.
Entonces para compensar el hecho de que en febrero y marzo la renta seguía siendo la "normal" sin actualizar, lo que suele hacerse es cobrar abril ya actualizado y los dos "piquitos" correspondientes a febrero y marzo y ya a partir de mayo cobrar la renta actualizada.
Ejemplo numérico concreto:
1.- supongamos que la renta son 600 euros.
2.- supongamos que estamos en febrero. No se la renta actualizada, luego le cobro los 600 de siempre.
3.- en marzo: sigo sin saber el IPC, y por eso vuelvo a cobrar los 600 euros.
4.- el 15 de marzo sale el IPC de febrero. Supongamos que es el 6%. Luego la renta actualizada serían 636, los 600 de antes más los 36 por el IPC.
5.- Entonces en abril el casero le pasará un recibo por 708 euros:
5.a) 636 correspondientes al mes de abril ya actualizado.
5.b) 36 por el "atraso" del mes de febrero en que se le cobró 600 en lugar de 636 porque en ese momento no se sabía el IPC de febrero.
5.c) 36 por el "atraso" del mes de marzo en que se le cobró 600 en lugar de 636 porque en ese momento no se sabía el IPC de febrero.
5.d) finalmente a partir de mayo le pasará un recibo por 636 euros.
Por tanto los 36 euros de "atraso" de febrero y marzo no es que se cobren de modo retroactivo, es que no se habían podido cobrar antes. Por eso no hay retroactividad en el cobro de esos 2 picos de 36.
Mi casero me comentó hace tiempo que a partir febrero de este año, cuando se cumple la anualidad del contrato de alquiler, actualizaría el alquiler con la subida correspondiente del IPC.
Esta subida está contemplada en el contrato de alquiler que firmé cuando entré a vivir en el piso. No obstante, pese a que me lo comentó verbalmente, aún no me ha comunicado dicha subida por escrito.
Mi duda es si, pese a que aún no me lo haya comunicado por escrito, cuando lo haga podrá reclamarme la subida retroactivamente desde el mes de febrero, cuando se cumplía una anualidad; o bien sólo podrá reclamarla a partir del momento en que se me notifique "oficialmente".