Este año al parecer han subido el I.G.I.C en Canarias del 5% al 5.5%. Si tengo un contrato de compraventa anterior a esta subida que pone el 5% en todas partes, y debo pagarlo en la entrega de llaves en un par de meses, ¿qué indice me deberian aplicar en ese momento, el vigente o el que está en el contrato? ¿Hay alguna ley donde lo diga?.