Aquí os dejo lo que dice al respecto mi contrato:
El personal sujeto al presente Convenio Colectivo se clasificará, en función de las exigencias profesionales, formación y contenido general de la prestación, y con carácter normativo, en alguno de los siguientes grupos profesionales, en base a los contenidos específicos que los definen.
Grupo I.
Criterios generales: personal que ejecuta un trabajo bajo instrucciones concretas con una dependencia jerárquica y funcional total. El desempeño del puesto se desarrolla en tiendas u oficinas. Las funciones pueden implicar incomodidad temporal o esfuerzo físico.
Formación: conocimientos elementales relacionados con la tarea que desempeña.
Grupo II:
Criterios generales: personal que ejecuta un trabajo bajo instrucciones concretas con dependencia jerárquica y funcional, pero que necesitan adecuados conocimientos profesionales para su correcta ejecución, y de una experiencia de tres años en las técnicas y procedimientos específicos utilizados en la empresa, las funciones puede implicar incomodidad temporal o esfuerzo físico. La dirección de la empresa podrá excepcionar del cumplimiento de los tres años a aquellos trabajadores que, a su juicio, hayan tenido un especial desempeño en su trabajo o una adecuada cualificación.
Formación: Bachiller elemental o superior, Formación Profesional, Educación Secundaria Obligatoria, o formación equivalente adquirida en su puesto de trabajo.
Buenos días.
Comento la situación: En mi contrato existe una clausula que indica una subida de categoría a los tres años de antigüedad que conlleva una subida de sueldo...
Los requisitos para esta subida son cumplir estos 3 años, poder realizar las labores de forma autónoma y tener el graduado...
Tanto yo como un compañero mio cumplimos ahora los tres años pero nos están comemntando que no nos van a dar la subida por que la empresa ha decidido no darlas y punto. Alegan que esta subida no es obligatoria... Dicen la verdad?
La primera información que nos diste en tu pregunta inicial era (copio y pego): "He estado viendo el convenio (el último de consultoría) y veo que el base y el plus se me deberia haber aumentado al ascenderme de categoría profesional." Esos valores en tu nomina actual son o no son como viene en las tablas del convenio para tu nueva categoria?
Otra pregunta: la suma de tu nomina tal cual te la han hecho es igual a la suma según tablas de convenio de lo que deberías cobrar? Si la respuesta es SI, es que te estan pagando la cantidad de la nueva categoria (es decir, es correcto) PERO lo estan haciendo mal porque cada concepto de convenio tiene que ir en la cantidad que ponga en tablas.
Sobre ese complemento personal del que hablas... ¿dice algo el convenio? ¿Porque te lo han dado? Con este goteo de información es imposible contestarte a la pregunta. Si es un complemento acordado que mejora tablas de convenio deberías intentar pelearlo como algo inamovible pero si es un complemento que te lo modifican a menudo y no es constante... es más difícil.
El ascenso lo pedí yo, porque consideraba que mi trabajo diario no correspondía a la categoría laboral que tenía en aquel momento.
La empresa estuvo de acuerdo, y se me ascendió.
Al fin y al cabo, sigo haciendo lo mismo que con la categoría anterior porque ya hacía el papel de mi categoría actual, pero eso sí, en la nómina pone la nueva categoría, aunque cobre lo mismo... No me parece normal esta situación.
Añado una información extra, por si resultara vital.
Veo en la nómina que tengo un concepto llamado "complemento personal" que ha aumentado en apenas 10€ con la subida de categoría.
¿Puede ser que se haga el aumento en ese concepto y no se aumente el salario base y el plus? Me han hecho periódicas subidas de sueldo, que se han hecho en ese concepto, y nunca en el base. En nada haré el primer trienio y por lo que me han comentado compañeros de trabajo, ese 5% de aumento se hace en otro concepto que no es el salario base. ¿Es esa la situación normal y legal?
Aún asi, aún teniendo un complemento personal, deberia tener el base y plus dd mi nueva categoría, ¿no?
No sé si intentarán escudarse en que ya cobro más de lo que dicta el convenio para mi nueva categoría por ese complemento personal, y que por eso no me ponen el base y el plus que correspondería a mi nueva categoría.
Ok, muy prudente. Como ya has comprobado en tu convenio, cada categoria profesional implica unas responsabilidades y un nivel salarial.
Te comentaba que sonaba más a un error administrativo o informatico porque no tiene ningún sentido que te suban la categoria porque les apetece y luego no te paguen lo que corresponde... sí, está el tema de las funciones que ahora ejerces pero si fueran a malas podían habertelas dado sin comentarte nada de la categoria.
Es muy típico en los programas de elaboración de nóminas (lo digo por experiencia) cambiar la categoria pero luego no cambiar la tabla de conceptos salariales... en algunos programas va automático pero en muchos de ellos hay que hacer un paso más despues de cambiar el otro concepto y se suele olvidar.
No, no he hablado con RRHH, lo haré el martes.
Lo que quiero es prepararme para ese encuentro, por si me dicen que es completamente legal la situación. Por eso me adelanto y pregunto, para tener conocimientos para defenderme.
El mes pasado me han ascendido en el trabajo, he pasado de la categoría profesional Programador Junior a la categoría profesional Programador Senior.
El problema surge cuando recibo la primera nómina con la nueva categoría profesional.
En dicha nómina veo que mantengo el mismo salario base y plus convenio que tenía en la categoría profesional anterior, por lo que he cobrado lo mismo, aunque se indique que mi puesto es Programador Senior.
He estado viendo el convenio (el último de consultoría) y veo que el base y el plus se me deberia haber aumentado al ascenderme de categoría profesional.
¿Pueden subirme de categoría profesional sin ponerme el base y el plus correspondiente?
¿Es eso legal?
Tengo la sensación de que ahora asumo más responsabilidad, pero cobrando lo mismo.
Si estuviera en mi derecho de reclamar, ¿algún consejo para tratar esta problemática con RRHH?