hola me llamo francisco el tema que me ocupa es que tenemos un contrato de alquiler del año 1971 donde hemos estado pagando hasta ahora 15 euros donde el arrendador deja claro que el arriendo tiene concepto de temporada sujeto a la legislacion ordinaria y no a la especial de arrendamientos urbanos ,ahora 38 años despues nos cobra 20% 41euros primer año ,40% 83 eu segundo año, en fin aqui describo la tabla que no a dado la arrendadora
año % 207,49 € 15,86 €
1 20 % 41,50 € 57,36 €
2 40 % 83,00 € 98,86 €
3 60 % 124,49 € 140,35 €
4 80 % 165,99 € 181,85 €
5 100 % 207,49 € 223,34 €
aparte tambien tenemos que pagar el ibi,no sabemos si esto es legal desde el punto que el contrato no esta sujeto a la ley especial de arriendamientos urbanos si no a la legislacion ordinaria si alguien nos lo puede aclarar le estariamos eternamante agradecidos,gracias.
En primer lugar, entiendo que el arrendamiento que te refieres es de vivienda, y por tanto se rige por la ley de arrendamientos urbanos, al ser del año 1971, se rige en algunas cosas por la antigua ley del año 64, si bien se podria ralizar una actualización de rentas.
No obstante, lo primero que habria que ver para asesorarte correctamente, seria el contrato de arrendamiento.
Entiendo que lo mejor seria que consultases con un abogado al que le pudieras mostrar los documentos.
Nuestro despacho asesora a nivel nacional, si te estas interesado puedes consultarnos por telefon en el 955.29.25.23 o en nuestra pagina web www.bufetecalderonprieto.es
Hola francis1. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le indicará la mejor forma de proceder.