Puede calcular la subida completa desde el principio del contrato y notificarla al inquilino y cobrar la renta actualizada a partir del mes siguiente a aquel en el que comunique la subida PERO no puede cobrar ninguna diferencia entre las rentas anteriores sin actualizar y lo que habrían sido esas rentas anteriores caso de que se hubieran actulizado en su momento.
En resumen: puede cobrar la renta actualizada total a partir del mes que viene PERO no puede recuperar lo que cobro antes.
Después de 2 años y medio de.alquiler y aumentado pactado SUBIDA anual, no la he aplicado. Ahora quisiera subirlo en el porcentaje pactado en el contrato aunque no se si tengo que esperar al año vencido o lo puedo hacer ahora a los dos años y medio y válido hasta que venza el 3 año. Me puede ayudar alguien ?