Depende del año del contrato y de la duración del contrato pactada.
¿El contrato originario es anterior al "Decreto Boyer" (9-5-85), o bien al 1 de enero de 1995? ¿De qué fecha?
Si es posterior al 1-1-95 sí que le pueden subir el alquiler un 20 %. Y la duración será la que restase por cumplir de dicho contrato.
Tenga en cuenta que si el local de negocio ha sido destinado durante cinco años a la venta al público, la negativa del arrendador a renovar el contrato a un precio de mercado puede dar lugar en ciertos casos a una indemnización.
Buenas tardes.
En breves comenzaré a llevar un negocio al hacerse efectivo el traspaso. El local donde se desarrolla la actividad es alquilado. He leído en la LAU que el arrendador puede subir un 20% el precio de ese alquiler. ¿Durante cuánto tiempo ha de mantener ese nuevo precio? Es decir, ¿cuándo podría volver a subir el precio del alquiler?
Gracias de antemano.