Buenos días, el propietario nos ha indicado que va a subir el IPC a partir del mes que viene. La cuestión es que tenemos un contrato de alquiler con opción de compra dónde de los 600 euros que se pagan de alquiler se descuentan 500€ para el momento de la compra. Ahora supondrá 618 euros con esa subida, que ocurre entonces con los 18 euros? se descontarán igualmente del precio de compra? En el contrato no se indica nada de como proceder en caso de subida, sólo refleja el caso de los 600 euros mencionado.
Gracias y un saludo.
Son de aplicación los Arts. 1281 a 1289 del CC, sobre interpretación de los contratos: si los términos de un contrato son claros y no dejan dudas sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.
La interpretación literal tiene carácter preponderante frente a otros criterios, que son de aplicación subsidiaria ( SSTS de 10 de marzo de 2010, RC n.º 2413/2004 , 27 de junio de 2011, RC n.º 417/2008 y 26 de marzo de 2012, RC n.º 146/2009).
Es decir, y con las reservas que supone el no haber leído todo el contrato para poder hacer una interpretación integradora del mismo, que se descontarán 500 €.