Sí se trata de un contrato nuevo por extinción del anterior(expiración de plazo, mutuo acuerdo...) no se trataría de una actualización de la renta, sino del acuerdo de una nueva renta. En este caso sólo podría aceptarla o rechazarla y abandonar la vivienda.
Para mayor seguridad convendría que su contrato y posibles anexos fueran revisados por un abogado.
El día 28/6/22 me cumple el contrato de alquiler, ahora el agente inmobiliario me comunico que iba a tener una subida del precio del 30% ,creó que me lo hacen porque conocen la nueva ley que entrará en vigor éste año, mis dudas son ¿pueden aplicarme de golpe esa subida en el nuevo contrato?,¿si no llegamos a un acuerdo puedo no firmarlo y seguir pagando?,gracias