un edificio con varios portales (misma escritura) y comunidades constituidas por cada portal, tiene obligacion de constituir una comunidad comun a todos los portales?
No es que tenga que constituir una comunidad comun a todos los portales, es que ustedes son una sola comunidad y puede que dividida en subcomunidades, para ello se necesita tener mas datos de la escritura.
la escritura es una comun para todos los portales.
el problema es que un propietario quiere un informe legal de todas las comunidades del edificio y no sabemos lo que es. este señor no esta de acuerdo con que se hayan constituido asi y quiere corregir la situacion.en caso de que se pueda cambiar, que habria que hacer?
tendríais que constituir una comunidad de todos los portales . esa comunidad estaria formada por subcomuidades que son las comunidades que hay por cada portal.
respecto al informe legal no te puedo ayudar.
el señor nos dice que todos los portales estan dentro de la misma escritura de propiedad horizontal y que por tanto no puede haber una comunidad por cada portal.
si estamos en una situacion no legal como dice discolo, que podriamos hacer?y si el resto de portales no quiere deshacer su comunidad?se puede obligar a deshacer esas comunidades u obligar a constituir otra conjunta?
Lo que dice ese señor, no estaría de sobra que lo comprobarais. Yo, ya sólo me creo lo que veo. Y lo que veo es lo que está escrito. Mejor que miréis el título, estatutos, incluso en el Registro, toda la información antes de dar paso alguno
Si el propietario al que se refiere rodri está en lo cierto, es decir, que todos los portales están incluídos en la misma declaración d eobra nueva, entonces ninguno de los portales constituyen una coomunidad. Es el conjunto de todos los propietarios de todos los portales quienes constituyen una comunidad. Y están funcionando muy mal, porque eso puede tener conscuencias graves al funcionar cada uno por su lado. Y si no se han molestado en enterarse durante mucho tiempo, peor aún, porque la tendencia en los juzgados es no dar la razón al que ha mostrado dejadez.
¿Tendría las mismas consecuencias graves de funcionar todos a una como Fuente Ovejuna si estuvieran constituidos de la forma contraria? Por eso digo que lo comprueben, porque vete a saber quién es ese señor que les dice que todos los portales están dentro de la misma escritura de división horizontal o qué intereses pueda tener. Una vez comprobado, si está en lo cierto, pues apaga y vámonos al siguiente acto.
hemos estado mirando las escrituras y llegamos a la conclusion que este señor tiene razon. ahora se nos plantea la duda de que debemos hacer. en uno de los portales nos dicen que ellos no quieren deshacer su comunidad para formar otra conjunta ya que ellos no comparten gastos con nadie y que para, por ejemplo, hablar sobre el patio que tenemos "privado de uso publico" se pueden reunir los presidentes de cada comunidad y transmitir lo que se acuerde a los vecinos.
sobre el informe legal nadie nos sabe indicar que es, incluso hemos preguntado a un administrador de fincas y no ha sabido tampoco decirnos que es.
la suma de todos los coeficientes de todas las viviendas de todos los portales mas las del garaje es 100%.
pero si hemos aprobado por unanimidad cada portal el constituirnos como diferentes comunidades ahora necesitariamos tambien la unanimidad para cambiar esto, no?
solo dos portales comparten la antena y cuando tienen que repararla pagan la mitad de la factura cada comunidad.
han sugerido formar una mancomunidad.
Un informe legal me figuro que es un estudio jurídico de la Escritura de División Horizontal, Estatutos, es decir, de todos los documentos que dispone el edificio y de cómo está constituido.
Un abogado les puede hacer un informe que vendrá a explicar cómo deben funcionar basándose en dichos documentos.
muchas gracias lorea. me has sido de gran ayuda.
la escritura habla de 6 portales independientes y casi estamos seguros que deberiamos ser una sola comunidad pero ahora se nos plantea el como solucionar todo esto porque, como ya dije, un portal se niega a que cambie la situacion.
en lugar de intentar cambiar las cosas no seria mejor formar una mancomunidad de todas las comunidades. al final que mas da que se llamen subcomunidades y comunidad que comunidades y mancomunidad.
lo que no tenemos la gran mayoria es tener probemas
Rodri, para que quede claro, el titulo constitutivo es como decir la ficha tecnica de un vehiculo, es como te lo entregan del concesionario. Pues es como la ficha tecnica de como se entrega los bloques por la promotora.
Pero si tu le quieres hacer una reforma al vehiculo, tienes que pasarlo por industria y despues por el I.T.V. Pues siquieres cambiarlo en una comunidad, para crear mancomunidades o subcomunidades, lo que tienes que hacer primero es convocar una reunión y obtener la unanimidad, lo que no tengo claro es si es de tu portal o del conjunto de portales que forman la comunidad, despues de esto tienes que registrarlo en el registro, y llevarle al regiistrador fotocopia del titulo constitutivo( que tienen que tenerlo) y fotocopia del acta en que se aprobó la mancomunidad, despues el decidirá, si se puede o no se puede constituir la mancomunidad, además esto es gratuito.A los quince dias mas o menos te contesta, y si es a vuestro favor te dará el cif de tu mancomunidad reconociendola asi, y si las cosas despues les van mal y quieren volverse a unir, pues necesitas otra vez la unanimidad.
gracias por tu interes.
te explico, el constructor constituyo una comunidad por portal hace unos cuantos años.
el caso es que un señor "ha descubierto" que la escritura de division horizontal es la misma para todos y ahora quiere hacer una sola comunidad.
un portal no quiere desahcer su comunidad.
mi pregunta sigue siendo si ahora es obligatorio dar hacia atras. en caso de que no sea obligatorio, y gracias a pp, se que depende del registrador si podemos formar una mancomunidad para tratar los temas del patio que es comun.
Hola Rodri : Por sai te sirve de algo te comento : Hace treinta años que vivo en una situación muy similar a la tuya. Mancomunidad de varias escaleras. Dichas escaleras no figuran en escritura ni estatuto alguno, todo empieza en la primera vivienda, pasa por locales y garajes y termina por la última, especificando cuota de participación de cada departamento. Los gastos: Cada escalera aporta a la comunidad general unas cuotas fijas en función a las cuotas de participación de sus respectivos propietarios , pero interiormente cada escalera se gestiona sus propios gastos: ascensor, luz obras etc. con cuotas mensuales , todos por igual, que pagamos los propietarios de la misma sin tener nada que ver con dicha comunidad general. Esto es así desde hace más de treinta años. De vez en cuando alguno ha sugerido la idea de segregación, pero al existir elementos comunes como son tejado, terrazas etc. , ello es imposible. Salvo mejor o legal criterio.
Por si te sirve de ayuda. Saludos
Ya te digo y me reitero, por experiencia, en lo que te dije antes, no le des mas vueltas, cuando un delincuente comente un delito, si no lo detienen en los años q marca la ley prescribe, pues lo mismo en las comunidades que no se forman bien desde un principio, lo que tienes es un defecto por no haberla registrado , que aun puedes, y eso no te lo quita ya nadie por derechos adquiridos , por el tiempo q llevas funcionando solo, aunque tienen que contribuir en los gastos comunes.