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subasta

8 Comentarios
 
Subasta
perfil ATT
24/12/2013 17:06
Hola,¿ puede salir a subasta una vivienda cuya tasacion a efectos de subasta es de 104000 euros ,por una deuda de 3500 euros mas costas que suma en total unos 8000 euros de un prestamo personal?Es vivienda habitual y existen nominas
26/12/2013 09:58
Puede salir a subasta, pero sólo en el supuesto de que no haya otros bienes.
perfil ATT
26/12/2013 10:11
si hay bienes de menos valor.fincas.¿Que puedo hacer para que no salga a subasta la vivienda y si alguna finca?
perfil ATT
04/02/2014 22:33
¿alguien que pueda aconsejarme,me piden señalizacion de subasta ,y no se que puedo hacer ,pedi la revision del procedimiento ,por varios errores uno que la vivienda no es mia ,solo tengo los derechos hereditarios ,pero aun asi ,piden la señalizacion ,existen otros bienes,consulte a un abogado y me dijo que era tarde ,y que no se podia hacer nada ¿sera eso cierto?
05/02/2014 10:48
1.- ¿Qué significa que te piden señalización de subasta?.
2.- Si no figuras como propietaria en el Registro de la Propiedad es difícil que se subaste el inmueble.
3.- Preséntate en el Juzgado y designa bienes de tu propiedad sobre los que trabar embargo. Lo más adecuado es que embarguen la parte proporcional del sueldo (que indicas que existe).
perfil ATT
05/02/2014 17:21
los sueldos dicen que son pequeños y que solo seria embargable 50 euros de cada nomina y dicen que eso es poco ,y laviviendadicen que aunqueno consta en registro de propiedad ,si existe en catastro a mi nombre ,y eso si es verdad ,aunque no se quien lainscribio en catastro ,yo no ,porque no existen escrituras a mi nombre,y las otras propiedades fincas parece que no les valen
05/02/2014 20:38
¿Quién dice?. 1.- El único que puede decir algo es el Juez que tramita la ejecución. 2.- El Registro de la propiedad no va a anotar el embargo en una finca que no figura a tu nombre.
perfil ATT
05/02/2014 21:31
lo dice el secretario judicial,y el procurador contrario,presente varios escritos ,diciendo esto ,y hacen caso omiso ,,poreso no entiendo la vivienda aun esta a nombre de mi padre fallecido y nunca fue registrada
06/02/2014 09:42
El art. 584 de la LECivil dice textualmente: "No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución". Y el 592: ...por el siguiente orden:

1.º Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.
2.º Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.
3.º Joyas y objetos de arte.
4.º Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo.
5.º Intereses, rentas y frutos de toda especie.
6.º Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales.
7.º Bienes inmuebles. (en 7º lugar y cuando no existan los anteriores)
8.º Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.
9.º Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.