Es la primera vez que subasto un vehículo, y cuanto más leo los artículos 643 - 654 de la LEC sobre subasta de bienes muebles, más dudas tengo. A ver si me podéis ayudar.
Mi duda es la siguiente: El vehículo está en posesión del ejecutado, dado que lo utiliza en su actividad comercial, y no nos concedieron el depósito del mismo. ¿Cuándo debe el ejecutado entregar el vehículo?