Buenos días!
Mi expareja y yo (relación de convivencia unicamente), compramos un pìso en el 2005 y tras la ruptura un año después, aún no hemos llegado a un acuerdo sobre quién se queda con el piso, cantidades que uno deberia dar al otro, en el caso de que uno se quedase con la vivienda, etc. La vivienda costó 174.000€, escriturados 164.000€. Hipoteca de 156.000€ de la que restan a día de hoy unos 130.000€. Mi pregunta es:
¿Si no nos ponemos de acuerdo, y se llega a juicio para una subasta, alguién puede ayudarme y explicarme detalladamente como se realizaría esa subasta judicial?, ¿qué pasaría con la hipoteca que queda que pagar?; ¿como actuar para que la subasta me fuera beneficiosa (si es que se puede), pues me gustaría quedarme con el piso, pero no a cualquier costa?
Espero sus respuestas dandoles las gracias de antemano.
Muchas gracias.
Si quieres quedarte con el piso, debes llegar a un acuerdo con tu ex, y a ser posible con el Banco. Todo lo demás, además de resultar ruinoso no te garantiza nada.
Buenas tardes!
Ya, si me consta que puede ser ruinoso, pero llegado el caso, me gustaría que alguien contestase a todas las dudas que planteé en el mensaje en el que expuse el caso. Espero que puedan resolver mis dudas y les doy las gracias de antemano.
Saludos y gracias miles.
1.- Después de consignar el 30% del precio de la tasación en la cuenta del Juzgado, quienes quieran participar acuden a dicho Ente a la hora señalada. Se abre el acto de Subasta Pública, se hacen las pujas y se acuerda aprobar el remate en favor de la persona que haya presentado la más alta. (Pueden ocurrir otro montón de supuestos que sería largo indicar aquí).
2.- Celebrada la subasta y adjudicado el bien se cancela la hipoteca. Si el precio de remate ha sido inferior a la deuda, ésta queda subsistente (en la cuantía que sea), y el acreedor "podrá" iniciar un procedimiento judicial contra los deudores, reclamándoles dicha cuantía, intereses y costas.
3.- El deudor no puede hacer nada en la Subasta; no obstante, hasta 5 minutos antes de la misma (si se trata de su vivienda habitual) puede abonar todo lo que se deba, incluídos intereses y costas. Y no obstante, alguien (enviado por aquél) puede comparecer en intentar, a base de pujas, que el precio final sea más alto; teniendo en cuenta que si no tiene cuidado (pasándose en las pujas) pueden adjudicarle el bien y si no puede pagar, perdería lo consignado.
¿Te vale?