Por lo que dices, entiendo que es una subasta realizada por la inmobiliaria del banco, que puede hacer lo que quiera, dado que nada ni nadie la regula.
Buenos días,
Mi duda es la siguiente;
Hace casi un mes salió a subasta un inmueble de banco tras echar a los ocupas de la casa, tras el desahucio tapiaron la casa para evitar una nueva ocupación y la agente inmobiliaria que trabaja con el banco me oferto este inmueble. La tasación está en unos 270.000€
Me dijeron que no había precio de salida del inmueble a la hora de pujar solo me orientaron de que menos de 170.000€ no haría la oferta ya que sabían ya había alguna oferta en esos precios....oferte 175.000€ y tras tres semanas de espera me dicen que han denegado todas las ofertas y que no van a aceptar nada que no sea igual o superior a 200.000€ parece ser que mi oferta fue la mayor y mi pregunta es...si no había precio de salida por qué me lo han denegado y ahora me cuentan que menos de 200.000€ nada? Podría poner una reclamación al banco para poder ver cuáles han sido las demás ofertas y en el caso que la mía fuera la mayor reclamar que me lo den por el precio de mi puja ya que en la cláusula que firme para la puja no pone que haya precio de salida? La casa no se puede ver hasta que no se adjudique ya que está tapiada a sido una puja a ciegas...
Es todo un poco raro...y quiero saber si puedo reclamar que me lo den si mi puja es la mayor.
quería comentaros un tema que se va a producir próximamante, a un familiar de 2º grado, y que quiero que me aportéis un poco de luz sobre este tema. primero explico la situación, y luego planteo las dudas. gracias de antemano por darme vuestra opinión
El inmueble es una vivienda, de una sociedad de gananciales (partes A y B) , y que en el reparto del divorcio, quedó como vivienda familiar para una de las partes (parte A).
El valor tipo de tasación es de 1.430.000 Euros.
La parte A, tiene una deuda de 180.000 Eur con un acreedor H, y este solicita el embargo de la casa, y consiguiendolo se notifica a la parte A, y la parte B de la sociedad de gananciales, que no puede oponerse a la subasta del bien inmueble.
Como todos sabemos, el tipo para pujar en la subasta es del 30%, es decir 429.000 Euros.
Sobre la casa, hay un una deuda crediticia de 210.000 euros. El tenedor de este crédito es una sociedad C, cuyo administrador único es la parte B. (caso de alzamiento de bienes de libro, pues la parte B solicitó en su día un crédito para la sociedad de gananciales de 900.000 euros, nunca pagó las cuotas, y el banco D, acabó por vender dicha deuda a la sociedad C, (este tema está en vía penal en el que se solicitan 4 años de carcel a la parte B en el juzgado de 1º instancia, después de una apelación en la Audiencia, que decidió dar traslado de nuevo a 1º instancia, pues en 1º instancia no lo vieron..pero este es otro tema).
Me queda claro que si hay subasta, pueden darse dos casos:
1. que la puja ganadora sea superior al 70% del bien (1.000.000 Eur) habría remate y por lo tanto, 180.000 Euros serían parael ejecutante H, y el resto (820.000) eur serían para la sociedad de gananciales existente.
2. Que si la puja ganadora de la subasta es inferior al 70% del bien (1.000.000 Eur) el deudor (parte A) siempre puede presentar un tercero para que mejore la oferta en los 10 días sigueintes.
3. Entiendo que si lapuja ganadora es menor del 50% (715.000 Eur) pero mayor de 180.000 Euros, el deudor (parte A) siempre tiene 10 días también para presentar un tercero que mejore dicha oferta.
Mis dudas son:
1º Si no hay subasta porque no hay ningún pujador, el acreedor ejecutante H, puede quedarse la vivienda por 180.000 Euros? o se la quedaría por lo menos por el 50% del valor, es decir 715.000 Euros? ( es decir, que debería pagar 535.000 euros)? Cual de los dos criterios prevalece según la ley, en el artículo 671 de la LEC?
(Entiendo que no ejercerá tal derecho a quedársela por 180.000 Euros, pues asumiría la deuda de 210.000 Eur, pero como ejecutante tiene el derecho, no?(entiendo que el juez debería aquí declarar la subasta nula o citar a las partes, pues no he visto en mis años nunca una subasta que sea por el 12% del valor de tipo de tasación, pero bueno ) .
2º Si no hay ningún pujador, el deudor es decir la parte A, también puede presentar un tercero? o entra en colisión con el derecho del ejecutante H? Es decir, si no hay pujador, el deudor que puede hacer?
3º Si hay subasta, y el valor de la puja más alta es menor del 50% del valor del bien (715.000 Eur) el juez siempre hace oir a las partes? o puede en este caso declarar el remate por menos del 50%? esto lo pregunto porque como la deuda es de 180.000 Eur, e imaginemos que se ofrecen 600.000 Eur como puja más alta, al cubrir ésta la deuda de 180.000 eur, no se yo si se puede declarar el remate-
4º Si se deniega la aprobación del remate, que ocurre.
Espero que podáis darme una opinión sobre esto, y quizá sirva para ilustrar muchos casos existentes