Hola, soy inquilina (arrendataria) de un inmueble que ha sido subastado y adjudicado al Banco que otorgó el crédito hipotecario al arrendador. La subasta se celebró el 9 de abril y el decreto de adjudicación a favor del Banco se dictó el 24 de mayo. Desde el 9 de abril hasta el 24 de mayo ¿el arrendador seguía siendo el propietario de este inmueble y por tanto debo pagarle el alquiler de estos días?
El problema que expongo es con un piso heredado, cuyos actuales propietarios son tres, uno de los cuales vive en dicho piso desde hace 7 años sin hacer frente a ningun tipo de pago ni alquiler.
Los otros dos propietarios queremos deshacernos del piso ya que no nos acarrema más que problemas, pero el inquilino no está dispuesto a vender ni a abandonar la vivienda.
Me gustaría saber qué opciones tenemos, si se le puede obligar a firmar la venta o en su defecto a abandonar la vivienda, o si la única solución es la subasta pública, ya que tengo entendido que con que uno de los propietarios quiera sacarla a subasta sería suficiente aunque el resto se negaran, y en ese caso, que pasos hay que seguir para comenzar con las gestiones.
Hola ido1974. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.