Una vez adjudicado el inmueble, no hay más subastas sobre el mismo, sino que se consolida la adquisición en favor del licitador. Las cargas posteriores a la que se está ejecutando desaparecen tras la subasta, y las anteriores las tiene que asumir el que triunfe en la subasta.
Hola he estado mirando bien y en el edicto dice que la puja debe de ser del 80% en la primera licitación que será a sobre cerrado, también dice que la segunda licitación será a viva voz y será mínimo 60%.Entiendo que si se concede el bien en la primera no habrá segunda licitación no? Tengo otra duda en el BOE pone que el deudor debe 71000 euros a diputación y en la nota simple pone otra cantidad distinta y es a un banco, esto significa que habría que pagar todas las cargas? Un saludo y gracias
Puede usted pujar desde la cantidad que quiera, porque al final será el acreedor quien dirá si acepta la cantidad ofrecida. Esos 101.000 euros son un referente sobre el cual hacer cálculos porcentuales para el acreedor, para el caso de que la cantidad finalmente ofrecida no llegue al 75% (que sería adjudicación directa). Infórmese bien cómo es una subasta electrónica, que dura 20 días.
Hola estoy decidida ha ir a una subasta de un inmueble y la duda es que pone un precio de salida en concreto 101000 euros, esto que significa que tengo que pujar por ese importe? Un saludo